Contraloría descarta lobby por cenas en casa de Zalaquett pero dicta instructivo para situaciones futuras

El ente fiscalizador desestimó que los ministros de Estado involucrados en los encuentros en el domicilio del exalcalde con empresarios hayan incurrido en omisiones a la legislación. Sin embargo, planteó la necesidad de reforzar la probidad.

El ente fiscalizador desestimó que los ministros de Estado involucrados en los encuentros en el domicilio del exalcalde con empresarios hayan incurrido en omisiones a la legislación. Sin embargo, planteó la necesidad de reforzar la probidad.

La Contraloría General de la República emitió un pronunciamiento sobre las reuniones sostenidas por seis ministros de Estado con empresarios en la casa del exalcalde y lobbista militante de la UDI, Pablo Zalaquett, en el que estimó que no hubo infracciones a la Ley de Lobby.

De acuerdo al ente fiscalizador “se configuran algunas de las exigencias legales y reglamentarias para considerar que las citadas actividades constituirían lobby, en tanto se desarrollaron a instancias de una persona que figura registrada como sujeto activo, con la participación de autoridades que poseen el carácter de sujetos pasivos y, además, se abordaron temas propios de las respectivas Secretarías de Estado”.

Sin embargo, agregó, “a la fecha no consta que en tales reuniones se hubieren requerido u obtenido decisiones a que alude el artículo 5° de la Ley de Lobby, como lo exigen la ley y la jurisprudencia administrativa de esta Contraloría General ya reseñada”.

En simple, la entidad desestimó que el tenor de estos encuentros hubiesen incurrido en actividades reguladas por la legislación, destinadas a obtener decisiones que dicen relación, por ejemplo, con la elaboración, dictación, modificación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley o leyes, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional, entre otras materias.

Además, mencionó que “las autoridades que concurrieron a las reuniones de que se trata, invocan al efecto los criterios interpretativos de la propia jurisprudencia de esta Entidad de Control, y sostienen que, conforme a ellos, omitieron dejar constancia de tales actividades”.

En opinión de Contraloría, esa explicación es atendible y por lo tanto “a la luz de lo sostenido en los precitados dictámenes, referidos a situaciones de similar naturaleza, y teniendo presente el principio de certeza jurídica, no resulta posible observar las omisiones de registro que se reclaman en base a una interpretación administrativa distinta a la aplicada en la jurisprudencia obligatoria que esta Entidad de Control mantenía vigente para toda la Administración al momento de la ocurrencia de tales hechos”.

Por otra parte y con el objeto de reforzar la aplicación de los principios de probidad y transparencia que informan a la Ley N° 20.730, el ente contralor precisó que “se procederá a perfeccionar los criterios jurisprudenciales de esta Contraloría General en la materia, emitiendo instrucciones destinadas a los organismos y servicios públicos de la Administración del Estado y a otras entidades sujetas a su control, sobre aspectos centrales del cumplimiento de dicha ley”.

Foto en portada: Agencia Aton




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