Revocan arresto domiciliario para Cathy Barriga: vuelve a la cárcel de San Miguel

La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió aplicar nuevamente la medida cautelar más gravosa para la ex alcaldesa de Maipú, quien se encuentra imputada por los delitos de fraude al fisco y falsificación de instrumento público.

La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió aplicar nuevamente la medida cautelar más gravosa para la ex alcaldesa de Maipú, quien se encuentra imputada por los delitos de fraude al fisco y falsificación de instrumento público.

Tras escuchar los alegatos de la defensa, los querellantes, el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado, la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la resolución 9° Juzgado de Garantía de Santiago y decidió que la ex alcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, debe volver a prisión preventiva en la cárcel de San Miguel.

Esto, luego de que la Fiscalía Metropolitana Oriente y el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentaran recursos de apelación contra la resolución que cambió la medida cautelar a Barriga, quien se encuentra imputada por delitos de fraude al fisco y falsificación de instrumento público.

Así, según la Corte la libertad de la exedil “constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”. De esta forma, de acuerdo a la resolución del tribunal de segunda instancia: “No hay antecedentes para modificar la situación cautelar de la imputada Barriga, motivo por el cual se revocará la decisión en alzada. Y por estos fundamentos y lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha dieciocho de diciembre de 2024, dictada por el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago que sustituyó la medida cautelar impuesta a la imputada por la de arresto domiciliario total y, en su lugar, se decide que se mantiene la prisión preventiva”.

Previo a la decisión del tribunal, la fiscal de Alta Complejidad, Constanza Encina, señaló que “todos los argumentos han sido ponderados, la situación del menor es algo que no ha sido cuestionado, que incluso se le ha proporcionado salidas. La Corte de Apelaciones, en su oportunidad, en el considerando quinto de su fallo tuvo en cuenta está situación en particular, señalando que ella podía solicitar salidas en caso de que lo requiriera, cuestión que no ocurrió, sino que simplemente se intenta modificar la medida cautelar. En ese sentido, estamos conformes porque creemos que se expusieron todos los antecedentes”.

La fiscal Constanza Encina durante la sesión donde revisaran los recursos de apelación de la Fiscalía y querellantes en contra de resolución que revocó la prisión preventiva de Cathy Barriga. Foto: Agencia Aton

La fiscal Constanza Encina durante la audiencia en la que se revisó los recursos de apelación en contra de resolución que revocó la prisión preventiva de Cathy Barriga. Foto: Agencia Aton

A su vez, el abogado querellante de la Municipalidad de Maipú, José Pedro Silva, sostuvo que “no existieron nuevos hechos, o sea, para revisar una prisión preventiva deben existir nuevos antecedentes que acrediten el hecho de que se debe imponer una medida cautelar de menor intensidad. Y ni hoy día, ni en la audiencia de garantías que ocurrió hace una semana se dieron estos nuevos antecedentes, por lo tanto, nosotros entendemos que no puede haber una tercera instancia de revisión de una resolución que fue decretada por el superior jerárquico, que es la Ilustrísima Corte de Apelaciones“.

Además, el abogado detalló que el jueves pasado ampliaron la querella contra seis nuevos imputados por fraude al fisco y falsificación de instrumento público: “Los que son ex funcionarios de la Municipalidad de Maipú. Se declaró admisible dicha querella y en la que dimos cuenta los antecedentes por los cuales ellos estaban vinculados con las maniobras defraudadoras en la causa, por lo que esperamos que en el menor caso posible el Ministerio Público pueda formalizar investigaciones contra ellos“.

Cabe señalar que la ex alcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, previo a esta resolución alcanzó a estar 36 días en prisión preventiva en la cárcel de San Miguel antes de la revisión del 9° Juzgado de Garantía que determinó modificar la medida cautelar por arresto domiciliario el pasado miércoles.

 

Esta es una acción judicial que está en curso y cuyos cargos que se imputan puedan ser desestimados a lo largo de la investigación y el proceso penal. Por eso, no se debe considerar a las personas involucradas y formalizadas por la justicia como culpables hasta que el tribunal competente dicte una sentencia en su contra.





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