Luis Marileo y Patricio Queipul están imputados por actos de violencia en la zona de la Araucanía, por medio de la ley de responsabilidad penal adolescente. Este viernes, al comenzar la preparación del juicio oral, el tribunal aceptó incorporar declaraciones de testigos protegidos.
Ambos menores de edad están acusados en la causa denominada “Peaje Quino” del año 2009, donde el Ministerio Público inculpó a 9 comuneros mapuches bajo los cargos de asociación ilícita terrorista, homicidio frustrado terrorista reiterado, robo con intimidación e incendio.
Ya han sido absueltos los 7 adultos, luego de un juicio realizado ante el Tribunal Oral en lo Penal de Angol.
El caso ya no está caratulado en la ley antiterrorista y la declaración de testigos protegidos como medio de prueba está permitida solo en ese tipo de juicios. Por lo mismo, organizaciones no gubernamentales de protección de la infancia denuncian la abierta violación de nuestra legalidad y de convenios internacionales.
A juicio de Nancy Yáñez, codirectora del Observatorio Ciudadano, estamos ante la aplicación arbitraria y abusiva de la ley antiterrorista por parte del Ministerio Público, con la característica agravante de afectar a niños, con quienes el Estado tiene una obligación especial.
“En todos los casos, actuar con un sesgo de discriminación es grave, pero esta situación se encuentra agravada porque el Estado tiene una particular obligación de protección a los pueblos indígenas, pero además a niños provenientes de pueblos indígenas. Finalmente hay un principio de protección especial que constituye un principio fundamental en materia de derechos humanos”, explicó
Nancy Yáñez agregó que, si bien estos juicios deberían ser anulados, la Corte Suprema ha tenido un comportamiento errático, lo que en muchos casos ha obligado a acudir a organismos internacionales.
“La Corte Suprema más bien ha sido proclive a anular esos procesos cuando ha sido el Ministerio Público los particulares quienes lo han impugnado, no así cuando han sido las comunidades indígenas. Ahora, eso qué significa, que finalmente los casos van a dar a jurisdicciones internacionales, particularmente al sistema interamericano de derechos humanos, y es efectivamente ahí donde hoy día se está analizando de qué forma la aplicación de esta normativa constituye una violación a derechos humanos reconocidos”, evidenció.
El abogado Gonzalo Taborga, presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, coincidió con los cuestionamientos expresados por el Observatorio Ciudadano y agregó una dura critica a la acción de las fiscalías.
“A mi me han sorprendido mucho las malas prácticas judiciales que se están dando a partir de las fiscalías. El Ministerio Público, desde hace ya bastantes años, viene aplicando con gran facilidad para ellos la ley antiterrorista como una facilitación que conduzca a la incriminación fácil y expedita de las personas que se encuentran inculpadas”, expresó.
Este caso se suma al de José Antonio Ñirripil, condenado por delito terrorista, quien fue uno de los menores de edad que el 2010 realizaró una prolongada huelga de hambre junto a decenas de comuneros mapuches contra la Ley Antiterrorista, logrando algunas modificaciones a la misma.