Diario y Radio Universidad Chile

Año XVI, 30 de abril de 2024


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Discusión sobre el aborto


Jueves 22 de mayo 2014 9:41 hrs.


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Señor Director:

No hay ninguna razón para obligar a una mujer a parir. Ninguna consideración religiosa, filosófica o moral debería posicionarse sobre la libertad de la mujer a decidir ser madre. ¿Por qué? Porque el aborto es una discusión esencialmente dicotómica, por lo que no debe preferirse aquel argumento que tienda a limitar o restringir, sino el que acepta la liberalidad y no se impone sobre el otro. Cuando sucede lo contrario —cuando un argumento se ubica sobre la determinación de otra persona— entonces, no se respetan las distintas realidades, así pues el argumento de “lo que yo creo correcto”, transmuta a “lo que tú debes hacer”. Sin embargo, esto no termina ahí, luego viene el escarnio público al que desobedece la norma impuesta por la mayoría: el aborto es delito y comúnmente es reprobado por la población.

En particular, unos creen —quizás la mayoría, e incluso nuestra Constitución así lo entiende— que con posterioridad a la fecundación se da inicio a la personalidad; otros, en cambio, creemos que aquello no constituye otra cosa más que un conjunto de células o —si se quiere— un proyecto de vida, pero en ningún caso “eso” es una persona.

La discusión del aborto —a secas, sin apellido para no degenerar y relativizar el debate— es una cuestión esencialmente dicotómica y debe preferirse aquel argumento que deja de lado cualquier consideración subjetiva para no posicionarse sobre la libertad sexual y reproductiva de las mujeres; en caso contrario, se estaría optando por la obligatoriedad de preceptos normativos socio-morales, lo cual es intrínsecamente violento y abusivo, pues ¿Por qué una mujer tiene que decidir lo que otras u otros creen correcto por profesar determinado pensamiento? ¿Por qué se aceptan tan fácilmente los lineamientos de conducta que pretenden determinar la vida —que existe, no del que está por nacer— de otras personas?

El aborto debe ser un derecho y, como tal, su ejercicio debe estar sujeto a la libertad de cada persona, con sujeción a ciertas condiciones objetivas, v. gr., un límite de tiempo.

Jacob Ernesto Guajardo Gutiérrez
Egresado de derecho

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