Por alrededor de 25 minutos declararon, tanto el Servicio de Impuestos Internos (SII) y el Ministerio Público por un lado, como la Defensoría Penal representando a Carlos Ominami, por el otro, en el marco de la revisión de la medida del Octavo Juzgado de Garantía que dictó la prescripción de los delitos tributarios que se acusa al ex senador y en el caso Soquimich.
Recordemos que el padre del ex candidato presidencial, Marco Enríquez Ominami, fue acusado de facilitación de ocho facturas falsas por un monto total de 150 millones de pesos a la minera no metálica. Ominami fue formalizado el miércoles 9 de marzo por estos delitos y arriesga, según la Fiscalía, penas de hasta cinco años de cárcel.
Sin embargo, los supuestos ilícitos que habría cometido hasta el 2 de febrero de 2010 para obtener presunto financiamiento irregular para su reelección como senador, están prescritos, es decir, fuera del plazo legal para aplicar sanción. En ese sentido, se generó una discusión jurídica sobre cómo contabilizar los días que Ominami estuvo fuera del país, a lo que apuntó su abogado defensor, Pelayo Vial.
“Lo dijo el propio Servicio de Impuestos Internos, cuando señala que sólo le sirve uno de cada dos días que estuvo afuera. Es decir, de los 419 días sólo uno le sirve, es decir si usted le suma del 2 de febrero del 2015, 419, sólo la mitad le sirve. Y siendo esa mitad inferior a los 270 que separan el 2 de febrero al 30 de octubre es que el ilícito está de carácter prescrito”.
Por otro lado, el abogado del Servicio de Impuestos Internos, Benjamín Ríos, criticó la postura del defensor afirmando que en esto la jurisdicción es clara y que “no existen segundas interpretaciones”.
“Si durante el lapso de prescripción hay días que el imputado estuvo dentro de Chile y otros fuera de Chile, los segundos deben contarse dos veces, es decir, una vez la primera dentro del lapso de los cinco años ordinarios de prescripción y otra vez doblado una vez que éste ha vencido. Entonces deben agregarse 419 días que vencían el 29 de marzo del presente año, habiéndose interrumpido o suspendido la prescripción el 30 de octubre a través de la querella del Servicio de Impuestos Internos”, afirmó tajante.
Esto ha generado críticas de diversos juristas y actores políticos quienes apuntan a la necesidad de revisar la causa, más aún en un contexto de fuertes críticas a la actividad política y su nexo con el empresariado. De hecho, el mismo Carlos Ominami ha manifestado su voluntad de ir a juicio oral para “que allí se pruebe su inocencia”, según ha declarado a la prensa.
El abogado querellante de la Fundación Ciudadano Inteligente, Mauricio Daza, calificó como “lamentable” el nivel de la discusión jurídica y afirmó que esto debe centrarse en el fondo.
“Todo el debate vinculado con la prescripción del caso de Carlos Ominami es bastante lamentable. Se están viendo si se contaron bien los días de prescripción en relación al tiempo que Ominami pasó en el extranjero. Delitos de esta gravedad no pueden estar supeditados a la forma en que la fiscalía cuenta los días para la prescripción”, dijo.
El abogado añadió que “acá debiese existir una respuesta consistente y sólida, y sobre todo oportuna de nuestras instituciones, de manera de garantizar que estos delitos sean investigados de manera plena”.
Daza reiteró que el SII ha tenido una actitud errática en esta materia y que en la arista SQM no ha actuado con la celeridad debida, sostuvo, ante su dependencia al conglomerado oficialista. A eso añadió que esto se suma la responsabilidad de la Fiscalía, al sostener que no se requiere una querella del Servicio para investigar.
En este escenario, la confirmación o rechazo del sobreseimiento se dará a conocer el próximo viernes 15 de abril a las 12.00 horas.