La Corte Suprema reconoció “dejación de funciones” sobre su desempeño durante la dictadura, pero evitó pedir perdón por el masivo rechazo de recursos de amparo en la década de los ‘70 y ’80, con los cuales los familiares de víctimas buscaban saber el paradero de personas ilegal y arbitrariamente detenidas.
El presidente de la Corte Suprema, Rubén Ballesteros, se referirá este viernes –a continuación del Pleno del máximo tribunal- al rol de ese poder del Estado durante la dictadura, luego que la Asociación de Magistrados cuestionara su papel en materia de protección de los derechos fundamentales, vulnerados durante dicho régimen. El Presidente Sebastián Piñera se sumó a las críticas al Poder Judicial.
La acción judicial fue presentada en contra de Pedro Pablo Barrientos Nuñez, ex oficial del ejército que estaba a cargo del centro de detención y tortura en el Estadio Chile, lugar donde fue asesinado el cantautor. “Es un honor poder contribuir desde EEUU con esta demanda al incansable esfuerzo de la familia de Víctor Jara así como al trabajo de los jueces y fiscales chilenos”, sostuvieron los demandantes.
El Octavo Juzgado de Garantía de Santiago condenó Manuel Lagos y a su proveedor Hans Quinteros a la pena de 3 años y 1 día de cárcel, con el beneficio de libertad vigilada, por el delito de tráfico de drogas.
Representantes del Poder Judicial reconocieron una “responsabilidad histórica” de la institución y pidieron perdón a las víctimas de la dictadura y sus familiares por haber incurrido en acciones y omisiones impropias de su función, que contribuyeron a la desprotección de los derechos humanos en una época en la que fueron particularmente vulnerados.
Además de ser víctimas de los métodos de tortura efectuados contra todos quienes pasaron por los múltiples centros de exterminio de la dictadura, más de tres mil mujeres sufrieron violencia sexual por parte de agentes del Estado. Pese a ello, hasta el momento solo se han presentado cinco querellas criminales y los torturadores siguen refugiándose en los pactos de silencio y la impunidad. Tanto las víctimas como las organizaciones de derechos humanos apuntan a la necesidad de visibilizar este delito, ante el peligro de que se naturalice y se repita.
La Defensoría Penal Pública dio a conocer 29 casos de personas injustamente castigadas por los tribunales y relevó la importancia de realizar cambios legislativos para establecer indemnizaciones, ampliar las causales para rehacer un juicio si es que una víctima se desdice del reconocimiento de un sospechoso, e igualmente reducir el uso de testigos sin rostro, porque en este caso no es posible establecer la credibilidad de un denunciante. Este llamado de la Defensoría se realizó en el marco de la presentación del llamado “Proyecto Inocentes”, que recoge testimonios en profundidad de personas detenidas y condenadas injustamente.
En pleno proceso de constitución está el tribunal de arbitraje que determinará el monto de la indemnización que el Estado chileno deberá pagar a Víctor Pey, dueño del Diario El Clarín, luego del fallo del CIADI.
El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Miguel Vázquez Plaza dictó auto procesamiento en la investigación por el homicidio de Littré Quiroga Carvajal, ocurrido el 16 de septiembre de 1973, en el entonces Estadio Chile, en Santiago.
La ministra Gloria Ana Chevesich ya es parte de la Corte Suprema, luego de que este viernes juramentara como nueva integrante del tribunal superior. Sobre las críticas que marcaron la votación parlamentaria por su nombramiento, la ministra dijo que le recordaban la aria musical “La Calumnia” de Rossini.
La Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por la defensa de Karen Cabello Sánchez, ex dirigenta sindical de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca), quien fue expulsada de la institución por cumplir sus labores gremiales y presentar una acción judicial en favor de cinco funcionarias exoneradas. En fallo unánime, los […]
Los familiares de Raúl Pellegrin y Cecilia Magni anunciaron que recurrirán ante la Corte Suprema por el fallo que absolvió a los cuatros ex carabineros procesados por la presunta detención, tortura y homicidio de los ex miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez.
La parte querellante sostiene que el Tribunal de Alzada de Rancagua erró en la valoración de pruebas consideradas como “clave” para el esclarecimiento del eventual doble crimen, ocurrido en octubre de 1988.