La paradoja de los derechos humanos

  • 10-03-2016

Uno de los fundamentos de los derechos humanos es el respeto a la dignidad de las personas y de los pueblos. Se han establecido, no sin dificultades, ciertos principios básicos que los rigen. Son universales, pues son válidos para todos los seres humanos y se aplican en todo contexto. Son  irrenunciables, inalienables e imprescriptibles. Esto significa que no se ceden o se arrancan, no se niegan o limitan, no se compran ni se venden.

Por más tiempo que pase, estos derechos no prescriben y pueden siempre ser exigibles. Son, por último, integrales, porque es el respeto al conjunto de derechos el que garantiza la dignidad de las personas. Distinguimos también entre derechos civiles y políticos, denominados de primera generación, y económicos, sociales y culturales, o de segunda generación.

Al finalizar la Segunda Guerra Mundial cincuenta Estados constituyen la ONU y se comprometen a proteger los derechos humanos. Es así como pasan a formar parte del derecho internacional, con la Carta de las Naciones Unidas y, posteriormente, con la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Tenemos, entonces, que los derechos humanos en su forma jurídica son esencialmente contemporáneos; sólo después de las dos grandes guerras del siglo XX se reconocen formalmente y se fija el compromiso de los Estados para garantizarlos.

La Constitución vigente proclama que todos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos. Sin embargo, cabe preguntarse: ¿es esto efectivo en la praxis, cuando es tan evidente que la calidad en el acceso a derechos de segunda generación, como la salud y la educación, es tan holgada o estrecha como lo es el bolsillo del individuo?, ¿no será que antes de ser considerados sujetos de derecho se nos tipifica como sujetos de consumo?

Ana Piquer, abogada y directora ejecutiva de Amnistía Internacional Chile, sostiene que desde “la mirada de Derechos Humanos la Constitución vigente se queda corta en garantizarlos en muchos aspectos. Finalmente queda abierto a interpretación si es que los tratados internacionales priman por sobre lo que establece la Constitución”.

La situación de los derechos humanos en Chile y el mundo es paradójica: si bien desde un punto de vista ético y valórico surgen a la par con las sociedades humanas, en su aspecto jurídico son sorprendente y abrumadoramente contemporáneos. Sólo después de las atrocidades de la guerra los Estados adquirieron estos compromisos fundamentales y, pese a ello, continuaron transgrediéndose de manera brutal, por ejemplo, en nuestra golpeada Latinoamérica.

Veremos a lo largo de este programa cómo esta paradoja se vislumbra en distintos ámbitos: en el supuesto derecho de los ciudadanos a vivir en un ambiente libre de contaminación, en las obligaciones que el Estado de Chile contrae voluntariamente para proteger los derechos humanos, en la protección de las tierras indígenas, en el respeto a los derechos laborales básicos, y así sucesivamente, nos hallamos ante discursos y otras prácticas sociales que encierran una profunda contradicción.

Concluimos este comentario saludando a las mujeres en su día; recordando, reiterando e insistiendo en la importancia de reconocer y exigir el pleno respeto y garantía de sus derechos.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no refleja necesariamente la posición de Diario y Radio Universidad de Chile.

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