Luego de la querella por malversación de caudales públicos contra el Ministro Felipe Larraín presentada por el abogado Luis Mariano Rendón, la Fiscalía de Delitos de Alta Complejidad Centro Norte decidió remitir los antecedentes preliminares al Consejo de Defensa del Estado (CDE).
Fue el fiscal regional, Xavier Armendáriz, quien tomó la resolución de realizar este trámite el 16 de mayo recién pasado, a poco de haber iniciado la investigación.
Por lo pronto, no se ha determinado quién será el abogado encargado de hacer el análisis de los hechos y documentos para presentarlos al Comité Penal. Este comité podría incluso pedir que los antecedentes se eleven al pleno del órgano, debido a que se trata de la investigación por actos de un ministro de Estado.
Esto hace más complejo el escenario que enfrenta el titular de Hacienda, quien ya está siendo cuestionado por su proceder en momentos que anunció al país una etapa de austeridad en el gasto público y su viaje está siendo auditado por la Contraloría General de la Rpública en orden a determinar si existen faltas administrativas al cubrir los costos del viaje , ascendientes a $ 4.175.334 y por concepto de viáticos $991.860 pesos, con cargo a fondos públicos.
Si la fiscal de Alta Complejidad, Ximena Chong, toma la determinación de interrogarlo, eso significa que se ha decidido imputarle algún delito.
Desde el Congreso, los parlamentarios de la bancada socialista Leonardo Soto y Manuel Monsalve denunciaron ante la Contraloría las “graves faltas a la probidad” que implicaba el viaje del ministro de Estado quien viajó en comisión de servicio al “Alumni Day” de la Universidad de Harvard, oportunidad en la que dictaría una conferencia. Sin embargo, más tarde se dio a conocer que esta actividad había sido organizada mucho antes que el ministro asumiera el cargo y que finalmente, se trataba de una reunión con características privadas y que Larraín había viajado como ex alumno destacado y no en su calidad de ministro.
Por tales antecedentes, el abogado Rendón decidió querellarse ante el Séptimo Juzgado de Garantía, originando la arista penal de los hechos que hoy estudia el Ministerio Público. La norma legal aplicable a este caso es la contenida en el artículo 235 del Código Penal que sanciona la conducta del “empleado público que aplica a usos propios ajenos los caudales o efectos a su cargo”.