Este viernes, en el Diario Oficial se publicaron las normas e instrucciones para el desarrollo del plebiscito nacional a desarrollarse este 25 de octubre.
Sobre la constitución, instalación y el funcionamiento de mesas receptoras de sufragios, la norma dice que:
- El sábado 10 de octubre de 2020 a las 09:00 horas, se realizará el acto en el que participarán el Delegado de la Junta Electoral, representantes de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, Personal de Enlace del Servicio Electoral (PESE) y sus ayudantes y funcionarios municipales, de cada Local de Votación, con objeto de realizar una coordinación operativa y en terreno de las acciones de habilitación a ejecutar el viernes 23, sábado 24 y domingo 25 de octubre.
- El sábado 24 de octubre a las 15:00 horas, se realizará el acto de constitución de mesas receptoras de sufragios, el que deberá contar con la participación de todos los vocales designados por las Juntas Electorales. En esta oportunidad, los vocales elegirán entre ellos a quienes les corresponda cumplir con las funciones de presidente, secretario y comisario de la respectiva mesa.
- El domingo 25 de octubre a partir de las 7:30 horas, día del Plebiscito Nacional 2020, los vocales deberán reunirse en el mismo local designado, para instalar cada mesa receptora de sufragios, y así dar inicio al funcionamiento de éstas a partir de las 8:00 horas.
- En relación a los procesos de coordinación, constitución, instalación y funcionamiento de las mesas receptoras de sufragios antes mencionados, se deberán respetar las normas establecidas en el Protocolo Sanitario Plebiscito Nacional 2020, y las demás normas especiales que se establecen en los puntos siguientes:
El sábado 24 de octubre, y luego que se realice el acto de constitución de las mesas, se efectuará una capacitación obligatoria dirigida a los vocales de mesas receptoras de sufragios sobre el proceso electoral y medidas sanitarias a aplicar, la que será dada por el Servel.
Adicionalmente, se dispondrá de información virtual y videos para todos quienes desempeñen el rol de vocal, siendo obligatoria su revisión.
Las mesas se instalarán a las 8:00 horas y podrán comenzar a funcionar con 3 vocales. A partir de las 9:00 horas, dice la norma, debiendo todas estas constituidas antes de las 10:00 de ese 25 de octubre.
Los vocales, los electores que asistan a votar y los apoderados deberán, en todo momento, adoptar y respetar las medidas necesarias para no entorpecer y/o demorar el proceso de votación y escrutinio en las mesas receptoras de sufragio, y además portar mascarilla, mantener distanciamiento físico de, al menos, un metro y utilizar frecuentemente alcohol gel para desinfectarse las manos, se agrega, explicando que se deben seguir todas las disposiciones publicadas en el Protocolo Sanitario del Plebiscito Nacional 2020, cuyo objetivo es que los vocales, de forma expedita, realicen la labor para no acumular gente en el lugar.
Las mesas se cerrarán a las 20:00 horas. En el caso de los resultados de las mesas receptoras de sufragios que funcionen en el extranjero, éstos serán comunicados a partir de las 20:00 horas del día en que se realice el plebiscito en el territorio nacional, y de acuerdo con el huso horario que rija en Chile. 3. Con la finalidad de resguardar la salud y facilitar el ejercicio del derecho a sufragio de los electores, se establecen los siguientes horarios exclusivos y preferentes para la votación de los electores comprendidos en los grupos etarios o de riesgo que, en adelante, se indican:
Horario exclusivo para adultos mayores: Desde las 14:00 a las 17:00 horas: Electores adultos mayores de 60 años tendrán un horario exclusivo. Fuera de este horario ellos tendrán trato preferente para votar durante todo el proceso de votación. Otros electores podrán votar en este rango horario siempre que no haya mayores de 60 años esperando para hacerlo.
Mujeres embarazadas, personas que tengan algún tipo de discapacidad, y electores que requieran ser asistidos en el ejercicio de su sufragio tendrán trato preferente para votar durante todo el proceso de votación.
Los electores que concurran a votar deberán asistir sin la compañía de otra persona, salvo el caso de aquellos que requieran ser asistidos al momento de ejercer su sufragio. Y, en el caso del aforo, se establece un aforo máximo para los electores en los locales de votación, que se determinará multiplicando por 10 el número de mesas, donde no se considerarán ni los vocales, apoderados o quienes cumplan función electoral durante la jornada.
Sobre el trabajo periodístico: estos deberán acreditarse con el delegado del local para los días 24 y 25 de octubre y coordinar con éste su ingreso y permanencia en el local, el que en todo caso no podrá superar las cuatro personas simultáneamente dentro del local, por un máximo de 30 minutos.
Se fijan, además, las siguientes reglas de separación o distanciamiento físico:
- El distanciamiento entre las mesas receptoras de sufragios que se instalen en cada local de votación deberá ser de al menos 2 metros de separación entre una y otra.
- El distanciamiento de la cámara secreta deberá ser de al menos 2 metros respecto de la mesa receptora de sufragios.
- Las urnas deberán ser instaladas con una distancia de al menos 1 metro respecto de los vocales.
- El distanciamiento entre los vocales de mesa y apoderados deberá ser de, a lo menos, 1 metro de separación. En relación al distanciamiento de los representantes de medios de comunicación con la mesa, éste será a lo menos de 2 metros.
- Las reglas e instrucciones de distanciamiento físico descritas en esta letra deberán ser incorporadas al Protocolo Sanitario del Plebiscito Nacional 2020.