Tras alcanzar un acuerdo, colectividades de izquierda determinaron que los senadores concluirán sus funciones en marzo de 2026, de manera de darle paso a lo que será su reemplazo a través de la instalación de la futura Cámara de las Regiones.
La decisión iría en línea contraria a la postura expresada en el Senado, toda vez que solicitó a la Convención respetar “íntegramente” los mandatos de los integrantes de dicha Corporación.
Todo esto, en el marco de la presentación de indicaciones a las propuestas de normas transitorias emanadas por las comisiones temáticas, cuyo plazo expiró a las 23:59 horas del martes último.
En conversación con Radio Universidad de Chile, el convencional socialista e integrante de la comisión de Normas Transitorias, Julio Álvarez, dijo que si bien como colectividad este acuerdo no era parte de su propuesta inicial, “entendimos claramente el argumento de los demás y dimos la opción de la mayoría”, adelantando un escenario positivo de la medida para la votación de este jueves en la comisión.
Asimismo, el también ex concejal expresó que pese a tener en consideración los reparos levantados desde el Parlamento, “entendemos claramente de que estamos hablando de un nuevo sistema político, de una nueva forma de Estado y que, en consecuencia, es imposible que puedan convivir al mismo tiempo la Cámara de las Regiones con el Senado”.
“De hecho, por eso mismo que se establece la posibilidad de que los actuales senadores puedan ser candidatos sin inconveniente alguno o a la Cámara de las Regiones o al Congreso de Diputadas y Diputados. Hay un mandato constituyente y nosotros tenemos que tomar decisiones en ese sentido y esperamos que el año 2026 esté en forma, funcionando completamente en la nueva Constitución”, añadió.
También abordó la propuesta que planteó el contralor Jorge Bermúdez- respaldada también por el ministro de la Segpres, Giorgio Jackson- para que el Presidente de la República pudiese dictar Decretos con Fuerza de Ley adecuatorios para la aplicación de reformas en caso de que el Congreso no tramite las leyes en un plazo definido, la cual finalmente no prosperó en el acuerdo.
En ese sentido, manifestó que “siempre sostuve que los Decretos con Fuerza de Ley no eran para mí un inconveniente, creo que forman parte del sistema democrático y en la forma en que lo propuso tanto el ministro Jackson como el contralor me parecía que daba espacio suficiente como para que, siendo transitorios y específicos para determinadas materias, pudieran implementar la nueva Constitución”.
Además, apuntó que sobre esta idea “creo que mucha gente confundió los Decretos Leyes con los Decretos con Fuerza de Ley, que no son lo mismo. Cuando las dictaduras gobiernan a través de sistemas autoritarios lo hace a través de Decretos Leyes, por ejemplo, los dictados por la dictadura de Pinochet fueron los decretos 573 y 575, que establecieron la división política administrativa de Chile. Los Decretos con Fuerza de Ley implica la delegación por parte del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo”.
“La única duda, desde el punto de vista jurídico, era si normalmente se entiende que la delegación es del Parlamento al Presidente, si había experiencias similares o qué opinaba en relación a que la delegación esta vez no fuera del Congreso al Presidente, sino que fuera directamente desde la Constitución al Presidente. Así que no me parece que sea antidemocrático”, afirmó.
Con todo, valoró que dentro de las indicaciones se recogiera la idea propuesta por el ministro Giorgio Jackson sobre la creación de una comisión de Implementación de la nueva Constitución, señalando eso sí que esta no solo debe ser asesora, sino que también “debe ser una comisión de seguimiento”.
Para Álvarez eso significa que “tenga facultades precisamente como para determinar en algún momento cuando haya tropiezos en la implementación de la Constitución, establecer mecanismos que pudieran resolver eso. Lo que no puede ocurrir es que producto de la desidia parlamentaria o de la desidia presidencial no se dicten los correspondientes mecanismos legales o reglamentarios para implementar la Constitución”.
Por otra parte, manifestó sus reparos sobre la indicación que establece para el actual Congreso un quorum de 2/3 para la aprobación de reformas a la nueva Carta Fundamental, de ser esta aprobada. Incluso, adelantó que entre los mismos colectivos “no es algo que tenga una fuerza unánime”.
Según expresó el convencional “hay que respetar lo que hace la Constitución, pero creo yo que el quorum de 2/3 me parece excesivo porque puede transformar la Constitución en pétrea, independientemente de la desconfianza que se le tenga al Parlamento. En consecuencia, creo que, de modificarse, debiera ser por un quorum de 4/7”. Por lo que comentó que, de ser aprobada la iniciativa en la comisión de Normas Transitorias, pero rechazada en el pleno, podría discutirse un eventual cambio en un informe de segunda propuesta.