Gonzalo Polanco por Ley que aplica IVA a los servicios: "Puede amparar un montón de figuras que era deseable que pagaran"

Si bien el académico dijo estar de acuerdo con la norma, consideró conveniente postergar su aplicación, considerando los puntos ciegos que tiene la ley y que complejizan la labor del Servicio de Impuestos Internos.

Si bien el académico dijo estar de acuerdo con la norma, consideró conveniente postergar su aplicación, considerando los puntos ciegos que tiene la ley y que complejizan la labor del Servicio de Impuestos Internos.

En conversación con Radioanálisis, el profesor y Director del Centro de Estudios Tributarios de la Universidad de Chile, Gonzalo Polanco, abordó la pronta entrada en vigencia de la Ley 21.420. Norma promulgada por el expresidente Sebastián Piñera para efectos de recibir mayores ingresos que financiaran la Pensión Garantizada Universal a través del cobro de IVA a servicios. 

Dando cuenta de la norma, el académico indicó que “con el objeto de financiar la PGU se dice que todos los servicios van a estar afectos a este gravamen, salvo que la ley diga algo en contrario que establezca una excepción y entonces a partir del 1 de enero del próximo año, porque esto tiene una vigencia diferida, vamos a ver por ejemplo que los servicios profesionales, entre otros, van a estar afectos a este impuesto como sucede en otros países”. 

No obstante, acotó que “hay algunos servicios que no van a quedar afectos a este impuesto, por ejemplo, los servicios médicos ambulatorios, los servicios educacionales tampoco van a estar afectos a IVA, es decir hay algunas excepciones que continúan estando vigentes”. 

En cuanto a la diferencia entre los servicios personales y los servicios profesionales, Polanco explicó que “un abogado puede a su cliente prestarle servicios como una persona natural, sin estar configurado como una sociedad y entonces ese abogado le va a generar una boleta de honorarios y esa boleta de honorarios va a continuar sin pagar IVA”. 

“Otra cosa es la sociedad de servicios juridicos ‘XX.Spa’, en ese caso ese abogado está esperando ese servicio jurídico porque se ha constituido como una sociedad por acciones, por ejemplo, y ese servicio sí va a estar afecto a IVA y esa es una de las grandes críticas que se ha hecho a la forma a la que se ha implementado esta reforma debido a que el mismo servicio podría estar afecto o no afecto dependiendo de la conformación, de la forma en que esté estructurado el prestador del servicio”, señaló. 

Y apuntó a que “si es persona natural, no va a estar afecto a IVA, si es sociedad de profesionales, no va a estar afecto a IVA, si es por ejemplo, sociedad por acciones, sí va a estar afecto a IVA en circunstancias que es el mismo servicio”.

Abundando en los defectos de la norma, el académico señaló que “una de las críticas que se ha hecho es que la ley estableció dos excepciones y una de esas dos excepciones no tiene bordes muy definidos como es la famosa sociedad profesional y sí, es muy probable que hayan muchas personas que en estos momentos se están transformando en una sociedad de profesionales con el objeto de no pagar IVA, pero eso es algo que estableció la ley, entonces mi crítica fundamental es a esta excepción que fue establecida en febrero de este año, que no tiene una razón económica y que además sí estableció, debió haberse definido cuáles eran sus bordes”.

En consecuencia, relevó que la ley, “puede ser sumamente amplia y puede amparar un montón de figuras que era deseable que pagaran el IVA”. 

Respecto a las críticas de la Cámara Nacional de Comercio, donde apuntaron a una modificación de la norma para restringirla a solo las operaciones que se realicen con contribuyentes que paguen ese impuesto, Polanco dijo estar parcialmente de acuerdo.

“Yo estoy de acuerdo con que se graven los servicios con IVA. Si uno hace una revisión de legislación comparada especialmente en los países OCDE que son nuestros referentes, en general los servicios son gravados con este impuesto, eso como principio”, señaló, reparando que “sí comparto que hubiese sido conveniente que se postergara la entrada en vigencia porque, debido a deficiencias en la legislación, en la Ley 21.420 que fue la que estableció esta norma, hay muchas situaciones que no están completamente claras, que el Servicio de Impuestos Internos las trata de aclarar pero con muchas dificultades debido a que SII no puede crear la ley, tiene que tratar de jugar con una legislación deficiente, entonces, en ese sentido yo era partidario de que se pospusiera, pero no con la idea de no imponer IVA a los servicios, sino de implementarlo de mejor manera”.

En esa línea hizo hincapié en que “yo no creo que sea razonable que el IVA solo deba ser recargado a aquellos contribuyentes que no pueden recuperar, eso no opera de esa manera en otros países y no veo por qué Chile debiera ser una excepción en ese sentido”.

En cuanto a los reparos que han apuntado a un presunto encarecimiento de la mano de obra de las Mipymes y de la posibilidad de que la Ley promueva la informalidad, Polanco partió por quitarle urgencia a lo primero. “Una parte importante de las contrataciones que hacen, no solamente las Mipymes sino las empresas en general, están bajo la fórmula de contrato de trabajo, no de la prestación de servicios que independiente que emite boleta, en consecuencia no debería tener un efecto por ese lado” señaló, advirtiendo que “sí respecto de los servicios que se contratan efectivamente podría haber un encarecimiento”. 

En cuanto a la informalidad, reconoció que la norma podría devenir en un incentivo. Sin embargo indicó que “no es posible cuantificar en cuánto se podría generar este aumento”.

“Consideremos también que Chile está pasando de hace un tiempo a la fecha por un fenómeno de crecimiento de la informalidad y de que no obedece a esta norma, del año 2020 cuando tuvimos la pandemia, empezó a aumentar de manera exponencial la informalidad en el país”.

En esa línea consideró “bastante injusto decir que la informalidad en Chile va a aumentar exponencialmente debido a esta norma”. 





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