Proyecto de usurpaciones pasó al Senado con la polémica legítima defensa privilegiada

La bancada del Partido Comunista hizo reserva de constitucionalidad ya que atenta “contra el Estado de derecho porque promueven la autotutela, que es hacer justicia por la propia mano”. La aprobación fue criticada por la ministra del Interior.

La bancada del Partido Comunista hizo reserva de constitucionalidad ya que atenta “contra el Estado de derecho porque promueven la autotutela, que es hacer justicia por la propia mano”. La aprobación fue criticada por la ministra del Interior.

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este martes el proyecto de ley que regula los delitos de ocupaciones ilegales de inmuebles y pasó a tercer trámite al Senado con los artículos más polémicos sobre la legítima defensa privilegiada.

Pese a los esfuerzos del Ejecutivo, todas las indicaciones que presentó para mejorar el proyecto, conocido como ley contra las usurpaciones, fueron rechazadas.

El texto de la moción de parlamentarios de derecha fue aprobado con 99 votos a favor, 40 en contra y dos abstenciones, por lo que pasó a tercer trámite tal como salió de la Comisión de Seguridad Ciudadana.

El Frente Amplio y el Partido Comunista votaron contra el proyecto que inicialmente no estaba en tabla para esta semana, ya que no contaba con discusión inmediata, pero los comités parlamentarios del lunes lograron ponerlo en discusión y votación, pese a la resistencia del oficialismo.

En su intervención en Sala y ante los argumentos de la oposición, la ministra del Interior, Carolina Tohá, aclaró que “lo que el proyecto instaura no tiene nada que ver con la legítima defensa normal que existe en todos los delitos”.

Explicó que “la legítima defensa es algo que se puede aplicar en el contexto de la fragancia de un delito. O sea, en las 12 horas posteriores a que éste se comete. Por el hecho de que esta figura que estamos creando en este proyecto, figura que el Ejecutivo comparte, de que sea un delito permanente, eso habilita, en el texto que propusieron los parlamentarios que hicieron estás indicaciones, a que esa acción se puede hacer en cualquier momento”.

Es decir, dijo la autoridad, “no es una reacción al momento que la persona es despojada de su bien, sino que es una acción que se puede preparar con días, semanas, incluso meses, si estamos pensando en una usurpación prolongada”.

Al ser una legítima defensa privilegiada no sólo permite defenderse, sino que permite defender a terceros, o sea permite contratar a un grupo de personas y segundo, con cualquier medio y haciendo uso de cualquier tipo de violencia y esa es la legítima defensa privilegiada”, dijo Tohá.

Agregó que “lo que señala exactamente el proyecto es que aquí no sólo se presume la concurrencia de los requisitos, sino que habilita causar cualquier daño al autor del delito. Esa es la legítima defensa privilegiada. O sea, aquí se puede actuar en cualquier plazo, se puede recurrir a terceros y se puede causar cualquier daño”.

Si eso no es autotutela, si eso no es ley de la selva, aquí estamos haciendo un esfuerzo para hacer una ley que proteja a las personas que les usurpan sus bienes, pero hagamos con la herramienta del derecho, no del salvajismo”, precisó la secretaria de Estado.

En la sesión se realizaron 13 votaciones en particular y se rechazaron las indicaciones del Gobierno sobre la autotutela.

Durante la votación, el jefe de bancada del Partido Comunista, Luis Cuello, hizo reserva de constitucionalidad de los artículos “que atentan contra el Estado de derecho porque promueven la autotutela, que es hacer justicia por la propia mano y por supuesto que eso significa un peligro para integridad física y para la vida de las personas”.

Cuello afirmó que “estamos dispuestos a recurrir al Tribunal Constitucional si este proyecto avanza en estas condiciones”.

El legislador precisó que como bancada votaron “en contra de todos aquellos artículos que constituyen un retroceso desde el punto de vista de enfrentar con herramientas penales un problema social que debe ser abordado mediante políticas públicas, como el plan de emergencia habitacional”.

La norma sanciona con presidio toda hipótesis de usurpación u ocupaciones, extendiendo el periodo de flagrancia tratándose de este delito.

También permite, durante la investigación del delito y al momento de presentar una demanda civil, la restitución anticipada del inmueble ocupado.

Asimismo, establece penas de presidio la celebración con engaño de compraventas o arrendamientos de un sitio ocupado ilegalmente.





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