Suprema confirma condenas a cúpula de la DINA por desaparición de Comité Central del Partido Socialista

Entre los integrantes de la entidad está Carlos Lorca y otros dirigentes socialistas que permanecían en la clandestinidad y de quienes hasta hoy se desconoce su destino.

Entre los integrantes de la entidad está Carlos Lorca y otros dirigentes socialistas que permanecían en la clandestinidad y de quienes hasta hoy se desconoce su destino.

La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema dictó sentencia definitiva  y condenó a cinco miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, en el caso que investiga la desaparición del Comité Central del Partido Socialista, ocurrido entre marzo y diciembre de 1975. Se trata de 11 víctimas, entre ellas el exdiputado Carlos Lorca, quienes a la fecha permanecen como detenidos desaparecidos.

El fallo fue pronunciado por los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, la ministra suplente Eliana Quezada, y las abogadas integrantes Pía Tavolari y Carolina Coppo, quienes confirmaron la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, dictada en 2020.

La condena recae sobre el oficial en retiro Miguel Krassnof a la pena de quince años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor de dos delitos de secuestro calificado de Alfredo Rojas Castañeda -perpetrado a partir del 4 de marzo de 1975- y de Exequiel Ponce Vicencio -perpetrado a partir del 25 de junio del mismo año.

Asimismo, se condenó a Raúl Iturriaga Neumann y a Juvenal Piña Garrido  a la pena de quince años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor de cinco delitos de secuestro calificado en las personas de Alfredo Rojas Castañeda -perpetrado a partir del 4 de marzo de 1975-, de Michelle Marguerite Peña Herreros y Ricardo Ernesto Lagos Salinas, de Mireya Herminia Rodríguez Díaz y Exequiel Ponce Vicencio, perpetrado a partir del 25 de junio de 1975.

Mientras que Rolf Wenderoth Pozo y Manuela Carevic Cubillos fueron condenados también a la pena de quince años y un día de presidio mayor en su grado mínimo como autores de once delitos de secuestro calificado, en las personas de Alfredo Rojas Castañeda, Adolfo Ariel Mancilla Ramírez, Michelle Marguerite Peña Herreros, Ricardo Ernesto Lagos Salinas, Mireya Herminia Rodríguez Díaz, Carlos Enrique Lorca Tobas, Modesta Carolina Wiff Sepúlveda, Exequiel Ponce Vicencio, Rosa Elvira Soliz Poveda, Sara de Lourdes Donoso Palacios y Jaime Eugenio López Arellano, todos hechos ocurridos entre marzo y diciembre de 1975.

De esta manera,  el máximo tribunal rechazó los recursos de casación presentados por la defensa de los inculpados al fallo de segunda instancia y acogió aquellos presentados en materia civil por parte de los querellantes.

Para el abogado Nelson Caucoto, uno de los querellantes en este caso “el fallo de la Corte Suprema , concluye una larga investigación que demostró como la DINA hizo desaparecer a la Dirección Clandestina del Partido Socialista de Chile entre marzo y diciembre de 1975”.

Además, destacó que “las víctimas son jóvenes chilenos que dejaron de lado la comodidad de sus hogares, familias, hijos, oficios y profesiones para enfrentar la dictadura y luchar por la restauración democrática y comprometerse por un mejor destino para Chile”.

El jurista precisó que “hasta el día de hoy se desconocen sus paradero, lo que deja un sabor de insatisfacción para sus familiares, a pesar de esta sentencia condenatoria”.

Revise el fallo de la Corte Suprema acá:





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