Caso Conscriptos: contienda de competencias entre justicia civil y militar sigue en disputa

El Ministerio Público, el INDH y los abogados de Romy Vargas y de los jóvenes afectados por la marcha en Putre, piden que la causa sea vista por los tribunales ordinarios. Mientras, la Fiscalía Militar insiste en liderar la investigación.

El Ministerio Público, el INDH y los abogados de Romy Vargas y de los jóvenes afectados por la marcha en Putre, piden que la causa sea vista por los tribunales ordinarios. Mientras, la Fiscalía Militar insiste en liderar la investigación.

En el marco de la contienda de competencias respecto del caso Conscriptos, la Segunda Sala de la Corte Suprema escuchó este lunes los alegatos de las partes antes de resolver si la indagatoria quedará radicada en la justicia civil o en la militar

Tanto el Ministerio Público, como el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y los abogados querellantes, quienes representan a tres exconscriptos y a Romy Vargas -madre de Franco Vargas-, pidieron al tribunal que se acoja la solicitud de que el conocimiento de la causa sea vista por la justicia ordinaria, es decir, por el Juzgado de Garantía de Arica.

El director de la Unidad de Recursos Procesales y Jurisprudencia de la Fiscalía Nacional, Pablo Campos, sostuvo en la audiencia que “no hay forma de entender que esto se pueda enmarcar lícitamente en un proceso de instrucción militar, que en efecto puede llevar a situaciones extremas, pero nunca pasar límites”.

“Tampoco puede afirmarse que estos hechos se hayan hecho con ocasión de un acto de servicio, puesto que eso requiere un vínculo de causalidad y en este caso ese vínculo no existe, pues se tratan de ataques a la integridad, a la vida y a la dignidad de las personas que nada tiene que ver con el servicio que presta el Ejército de Chile“, añadió.

Asimismo, el director de la Fiscalía Nacional explicó que hay que atenderse a las reglas generales de la justicia ordinaria, pues la madre de Franco, Romy Vargas, es una víctima que no es militar y, por ende, como interviniente del proceso no se le puede aplicar ese tipo de justicia. 

En la misma línea el abogado del INDH, Ignacio González, afirmó que “no puede la justicia militar conocer de delitos que no sean exclusivamente castrenses y en los casos de violaciones a derechos humanos, por tortura u otros tratos crueles, como los apremios ilegítimos, no puede tampoco llevarse a cabo una investigación por la justicia militar”.

“Solicitamos que se deje conocer por la justicia militar, en cuanto, esta no ofrece ninguna de las garantías fundamentales mínimas ni tampoco permite que las víctimas puedan participar en el proceso“, agregó.

Asimismo, la Segunda Sala de la Corte Suprema escuchó el alegato del fiscal militar, Felipe Vélez y del abogado del capitán Michael Fritz, Nicolás Oxman, quienes pidieron que se confirmara la competencia de la justicia militar respecto de este caso, misma recomendación que hizo la ministra en visita, Jenny Book, pues no hay civiles involucrados en los hechos.

Para el abogado del capitán Michael Fritz es la propia ley y la Constitución las que establecen que es la justicia militar la competente para este caso.

“En ese sentido, entendemos que si bien los hechos pueden revestir una determinada calificación jurídica, pero esta se la ha dado el Ministerio Público y los querellantes en una etapa preliminar, y por ende, no puede decirse necesariamente que no se trate o se trate exclusivamente de delitos comunes, que deben ser de competencia de la justicia ordinaria“, aseguró en la audiencia.

Al termino de los alegatos, desde la Corte Suprema informaron que en los próximos días entregarán su resolución sobre esta contienda.

Cabe recordar que hace un mes se detuvo la investigación del Ministerio Público luego de que el máximo tribunal acogiera la orden de no innovar que interpuso la Justicia Militar, con el fin de que la Fiscalía de Arica ni el Tribunal de Garantía de la región siguiera conociendo la causa, en tanto no se dirimiera la contienda de competencias.

Esto, pues el 11 de mayo la ministra en visita dictó una resolución inhibitoria para que el Juzgado de Garantía de Arica no siguiera conociendo la causa, sin embargo, el tribunal no accedió a ella y derivó la contienda a la Corte Suprema.

¿Qué pasó en Putre?

El pasado 27 de abril falleció el soldado de 19 años, Franco Vargas, luego de un entrenamiento militar en Putre, mientras era integrante de la Brigada Motorizada N° 24 de Huamachuco.

Debido a esta fatídica marcha varios de sus compañeros también sufrieron cuadros infecciosos respiratorios y gastrointestinales, de los cuales uno de los conscriptos perdió una extremidad y otro intentó quitarse la vida.

A raíz de estos hechos y de testimonios recabados, el INDH presentó el 07 de mayo una querella por apremios ilegítimos, en la que se detalla que los jóvenes habrían recibido maltrato verbal, agresiones físicas, condiciones insalubres, privación del sueño y caminatas nocturnas con temperaturas bajo cero, entre otras vulneraciones.

En paralelo, el 08 de mayo la Corte Suprema designó a la presidenta de la Corte Marcial, Jenny Book Reyes, como ministra en visita para investigar los hechos ocurridos en la Brigada Motorizada N° 24, quien se trasladó a la zona al día siguiente.

Posteriormente, en la Cámara de Diputados y Diputadas el 15 de mayo se aprobó la creación de una comisión investigadora para conocer las actuaciones de las Fuerzas Armadas en el ejercicio militar en Putre. En tanto, la Comisión de Derechos Humanos del Senado recibió a los familiares de los conscriptos afectados, entre ellos, la madre de Franco, Romy Vargas.





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