La divulgación de testimonios, denuncias, relatos, datos personales y antecedentes de las víctimas a raíz de los casos de connotación sexual como el del ex subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, el del futbolista Jorge Valdivia y el de Eduardo Macaya, padre del senador (UDI), Javier Macaya, han puesto en el centro de las críticas a los medios de comunicación.
“La declaración de una denunciante no es una exclusiva para el morbo mediático”, recalca la Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres en su más reciente declaración. Cuestionamientos a los que se suman otras organizaciones feministas, quienes señalan que gran parte de la prensa ha expuesto y revictimizado a las denunciantes de estas causas en los últimos días.
En conversación con Radio y Diario Universidad de Chile, la abogada especialista en casos de violencia de género, Francisca Millán, sostuvo sobre la cobertura de los medios que “evidentemente son temas de interés público, más aún si ven involucradas personas que tensionan las lógicas sociales y de poder, por ejemplo, en el caso de una alta autoridad de Gobierno, sin embargo, el cómo abordamos esas materias, cómo lo tratamos, cuales son los énfasis noticiosos, pueden marcar una importante diferencia sobre si estamos contribuyendo a problematizar esa violencia y, eventualmente, erradicarla o si estamos en realidad dando más elementos para agudizarla”.
En ese sentido, la socia fundadora de AML Defensa Mujeres, afirmó que “los medios de comunicación tienen una tremenda responsabilidad en cómo deciden acercarse a esto y con qué interés de la sociedad va a conectar. Pero en su gran mayoría, lamentablemente, lo han hecho con el morbo y con una forma de banalizar la violencia y de volverlo un espectáculo de más likes y clicks en información sobre detalles que hoy no sólo son irrelevantes para efectos de la opinión pública, sino que además generan un tremendo daño no sólo a las víctimas de estos casos en concreto, que ya debiera ser una razón suficiente, sino que también a cualquier otra persona en una circunstancia similar”.
“Una persona que está pensando en denunciar o que ha denunciado recientemente y está expectante de lo que va a significar este proceso, malamente va a sentir que lo ha hecho de manera segura o que puede exigir esos derechos si estamos viendo que éste es el costo de tomar la decisión de denunciar. No existe ninguna razón plausible para considerar relevante ventilar todos esos antecedentes, hoy las únicas personas que deben conocer detalles sobre esto son los organismos a cargo de la persecución penal, son quienes están haciendo las diligencias que correspondan para juntar los antecedentes probatorios que puedan ir armando en el fondo este puzle que es que en definitiva de lo que se trata la investigación”, enfatizó.
La abogada penalista además señaló que estos casos abren la posibilidad de generar una conversación constructiva para problematizar el fenómeno de la violencia sexual.
“Tenemos muchos estigmas asociados a la violencia sexual sobre como estos se configuran, cómo suceden, quienes los cometen, quienes son víctimas, que en realidad son estereotipos. Uno tiende a pensar que la violación es aquel momento en el que una mujer muy inocente va caminando por la calle y es acechada por un desconocido que la violenta física y sexualmente. Si bien esa forma de comisión de un delito sexual existe, es en el menor de los casos, pues gran parte de esta violencia son cometidas en entornos cercanos, familiares, laborales, de esparcimiento, de personas en común, conocidas, etc., que vienen mediadas por estos contextos que pudieran parecer confiables”, detalló.
De esta forma, Millan aseveró el que debate debería apuntar a: “Cómo construimos de partida la desnormalización de la violencia, eso que me permita distinguir rápidamente en el contexto en el que estoy si es que eventualmente está cometiendose un delito en mi contra, y por otra parte, el cómo vamos generando consciencia sobre las conductas que pueden generar una transgresión en otra persona. Hoy tenemos una muy escasa educación sexual integral, lo que hace que las formas de entender las dinámicas sexuales están muy mediadas por condiciones de profunda desigualdad entre hombres y mujeres, y altos niveles de violencia”.
“Cuando analizamos con un poquito más de detalle, el cómo ocurren los delitos sexuales en personas adultas vemos que en realidad se trata de todo menos de sexualidad, en realidad, son planos derechamente de violencia, y lo que tienen es la pre concepción social de que podemos disponer libremente de los cuerpos de las mujeres o de otras personas. Por ejemplo, el consentimiento pareciera no ser un asunto de debate, a la vez, se ha reforzado en el tiempo que la manera de evitar ser víctima de un delito sexual es corrigiendo conductas llamadas de ‘autocuidado‘”, explicó.
Así, la abogada destacó que “si bien, efectivamente, lo deseable es que todas las personas tengamos ciertas precauciones para efectos de no ser víctimas de ningún delito, esto no es completamente evitable, pero siempre esas recomendaciones han ido tendientes a limitar los derechos, las libertades y las autonomías de las eventuales víctimas, y ahí estaría la importancia de empezar a hablar entonces sobre cuáles son esos puntos que hay que problematizar para evitar cometer delitos sexuales, cuáles son aquellas cosas que tengo que atender, cómo avanzamos en sociedades que sean efectivamente más igualitarias, más libres de violencia, con dinámicas que logren construir consentimiento de manera libre, inequívoca, de la que podamos en el fondo hablar derechamente de sexualidad y no de ejercicio de violencia”.
Sobre las garantías procesales que buscan resguardar a las víctimas en los procesos judiciales, la abogada experta en casos vinculados a violencia de género explicó que “la normativa actualmente vigente, conocida como Ley Antonia, establece varias medidas de protección que tiendan a acompañar y disminuir esa victimización secundaria desde el momento de la denuncia”.
“Tanto como se ha ido especializando a los funcionarios y funcionarias que intervienen desde ese primer momento, como también el acompañamiento que se les otorga para efectos de las dimensiones más psicosociales, con el objetivo de disminuir los efectos indeseados del acercamiento de la institucionalidad, además de mejorar la experiencia del proceso y eventualmente mejorar también su adhesión al mismo, porque obviamente las víctimas en la medida que se van viendo cuestionadas, expuestas, inseguras o confundidas respecto de la información, los procesos, etc. probablemente van desapegándose, que es lo que se supone debiera intentar disminuirse para poder garantizar el acceso a la justicia”, agregó.
Cabe señalar que en diciembre de 2022 se promulgó la Ley Antonia, normativa que tipifica el suicidio femicida y la inducción al mismo, además de establecer medidas procesales que protegen a las víctimas.Esta ley surgió tras la insistencia de la familia de Antonia Barra, joven de 21 años que se quitó la vida luego de ser abusada sexualmente por Martín Pradenas en 2019.