En una ceremonia realizada en el palacio de La Moneda, el Gobierno dio a conocer la reforma tributaria. Una política crucial para el Ejecutivo que se estructuran en cuatro iniciativas legislativas, dos de las cuales se presentarán al Congreso durante el mes de julio, mientras que las restantes se concretarán en el cuarto trimestre. Las dos primeras se refieren a un proyecto de ley que incorpora cambios al Impuesto a la Renta, genera un impuesto a la riqueza, limita exenciones e introduce medidas contra la elusión y evasión fiscal. El segundo componente corresponde a un paquete de indicaciones que se introducirán al proyecto de ley sobre Royalty minero que se tramita actualmente en el Senado.
El ministro de Hacienda, Mario Marcel, explicó el esquema de la reforma ante una audiencia que incluyó al Presidente de la República, Gabriel Boric, a ministros y ministras de Estado, a los presidentes de las Cámaras del Congreso, al presidente de la CPC, Juan Sutil, al timonel de la CUT, David Acuña y al director de SII, Hernán Frigolett, entre otras personalidades.
Impuesto a la renta
Según detalló el jefe de la billetera fiscal, el componente principal de la reforma es el impuesto a la renta. En este punto se realiza un cambio en el sistema para establecer un sistema dual que separa la tributación de la empresa de la tributación de sus socias y socios; se establece una reducción de tasas corporativas, particularmente, el impuesto de primera categoría (IDPC) se reduce del 27 por ciento actual a 25 por ciento.
Además, se establece un impuesto a las rentas del capital, equivalente a un 22 por ciento, que se aplicará a los dividendos pagados por las corporaciones cuando se distribuyan a personas naturales o no residentes. En el caso de residentes en Chile, podrán alternativamente reliquidar sus impuestos incorporando el dividendo a su impuesto global complementario. Se mantiene la tributación para no residentes en países con convenios para evitar la doble tributación, es decir, un impuesto adicional de 35 por ciento en un sistema integrado donde el impuesto de primera categoría funciona como crédito.
Por otro lado, el ítem de impuesto a la renta contempla beneficios a la clase media. Se contemplan dos casos en que las personas naturales podrán efectuar deducciones de su base imponible de impuesto personal: el gasto por arriendo con un tope de 8 UTA ($450.000 al mes); y el gasto asociado al cuidado de menores de 2 años y personas con grados de dependencia severa, con un tope de 10 UTA ($550.000 al mes).
También se contempla el “Cuidado a la Pyme”. Para ello, el régimen y los beneficios que hoy existen para las pymes se mantendrán en las mismas condiciones. Adicionalmente se incorporan a los beneficios en inversión en investigación y desarrollo (I+D) privada donde la parte que constituye un crédito contra el IDPC tendrá el carácter de un crédito reembolsable, funcionando como un subsidio. Para fomentar el crecimiento de las Pymes se incentivará el desarrollo de la inversión pública y privada en capital de riesgo.
Por otro lado, se incorporan otros beneficios para las Pymes tales como un crédito especial IVA para nuevos emprendimientos que permitirá acompañar a los emprendedores en su primer año de operación y asimismo fomentar la formalización. También se reduce la tasa de interés por impuestos adeudados y se generan incentivos al pronto pago.
En materia de impuestos personales, Hacienda destaca que “más del 97 por ciento de estos contribuyentes mantendrán su carga tributaria actual, pues los incrementos de tasas inician sobre aquellas personas con ingresos mensuales superiores a $4.030.000“.
Impuesto a la riqueza
Este eje irá a gravar a 6 mil 300 personas naturales con domicilio o residencia en Chile, respecto a su riqueza mantenida tanto en Chile como en el extranjero.
Se establecen dos tramos para este impuesto con un tramo exento de US$ 5 millones: el primer tramo irá entre US$5 millones a US$15 millones, con una tasa marginal de 1 por ciento; el segundo tramo tendrá una tasa de 1,8 por ciento sobre la parte del patrimonio que supere los U$$15 millones. Dentro del patrimonio a declarar se consideran, entre otros, la participación en sociedades, los inmuebles, vehículos, portafolios de inversiones e instrumentos financieros.
Reducción de exenciones, evasión y elusión
Se modificarán las exenciones que mantienen los Fondos de Inversión. Los fondos de inversión privados serán contribuyentes del IDPC, salvo aquellos que inviertan en capital de riesgo, por su parte los fondos de inversión públicos mantendrán la exención de IDPC, pero la distribución de dividendos hacia personas jurídicas será gravada con IDPC, y se modifica la tributación de los aportantes no residentes quienes pasarán a tributar según las reglas generales.
Se modificarán algunos beneficios tributarios como el de renta presunta que se limitará a los micro empresarios con ingresos hasta 2.400 UF con un proceso de transición gradual; se podrá optar a la exención por el pago de intereses hipotecarios por un solo crédito; se limitará el uso de pérdidas de la renta líquida imponible hasta un 50 por ciento; y se restringe el gasto deducible por parte de las personas a un máximo de 23 UTA ($15.500.000).
Royalty minero
Se introducirán indicaciones al proyecto que actualmente se encuentra en el Senado para establecer un nuevo régimen a la gran minería del cobre. Vale decir, aquellas con una producción mayor a 50.000 toneladas métricas de cobre fino.
Este impuesto tendrá dos componentes: el primero es un componente ad Valorem que oscilará entre tasas efectivas entre 1 y 2 por ciento para los productores entre 50.000 y 200.000 toneladas métricas de cobre fino (TMCF), y entre 1 y 4 por ciento para aquellos con más de 200.000 TMCF; y un componente sobre la renta minera, con tasas de entre 2 por ciento y 32 por ciento sobre la rentabilidad operacional, para precios del cobre entre dos y cinco dólares la libra. En ambos casos se establecen tasas que consideran el precio del cobre.
El diseño de Royalty mantiene los incentivos a la inversión que permitirán seguir desarrollando el sector minero, considerando tasas de retorno sobre patrimonio (ROE) que se encuentran, en todo momento, por sobre los límites que las compañías consideran a la hora de tomar sus decisiones de inversión.
Con todo, el Gobierno estima que en 2023 la recaudación llegará a un 0,6% del PIB para ir aumentando progresivamente a 1,8% en 2024, a 3,1% en 2025 hasta llegar a un 4,1% en régimen.
Los recursos que emanen de la recaudación sumados a los que genere una mayor eficiencia en el gasto, se destinarán a derechos sociales como subir la pensión garantizada universal a $250.000; financiar la reforma a la salud para aumentar el acceso a la atención y reducir las listas de espera; resolver la deuda histórica de profesores y profesoras; invertir en infraestructura educativa; aportar al Plan de Emergencia Habitacional, que tiene como meta 260.000 nuevas viviendas; y fortalecer el sistema nacional de cuidados.
Imagen: Agencia Aton