Corte obliga a revelar contrato entre Aguas Andinas y AES Gener por proyecto Alto Maipo

El tribunal acogió un recurso de reclamación presentado por organizaciones ciudadanas y parlamentarios, que exigía que se dieran a conocer los detalles sobre la utilización de los derechos de agua en el marco de la construcción de una central hidroeléctrica en el sector. La decisión se conoció días después de la crisis que generó el alud del martes pasado y que paralizó la capital.

El tribunal acogió un recurso de reclamación presentado por organizaciones ciudadanas y parlamentarios, que exigía que se dieran a conocer los detalles sobre la utilización de los derechos de agua en el marco de la construcción de una central hidroeléctrica en el sector. La decisión se conoció días después de la crisis que generó el alud del martes pasado y que paralizó la capital.

Muy conforme se mostró la Coordinadora Ciudadana Ríos del Maipo con el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, que permite acceder al acuerdo firmado en 2011 entre Aguas Andinas y Aes Gener.

Este convenio posibilita la construcción proyecto hidroeléctrico Alto Maipo, ya que establece un pago mensual de la eléctrica a la empresa sanitaria para utilizar los derechos de agua de Laguna Negra y Lo Encañado, las que abastecen de este recurso a la Región Metropolitana.

En un principio, la información sobre el contrato fue negada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, por lo que los ciudadanos recurrieron al Consejo de la Transparencia. Sin embargo, después de una serie de inhabilitaciones por conflicto de interés y con sólo dos ministros, éste dictó un fallo que finalizó en empate, ante lo que se siguió negando el acceso.

Sin embargo, en el dictamen dado a conocer hoy el tribunal de alzada señala que “esta Corte no divisa la razón en virtud de la cual la entrega del convenio pueda comprometer el interés patrimonial de Aguas Andinas S.A. y Gener. Por el contrario (…) se hace necesaria el conocimiento de información que en él se contiene”.

En esa línea, el abogado Rodrigo Weisner, comentó que la decisión del tribunal constituye “un fallo bastante contundente y muy bien razonado, que fue capaz de resumir en una sentencia cuál era la discusión y cuáles eran las posturas de las partes. Finalmente, la Corte, aplicando el derecho, termina ordenando acoger nuestras pretensiones y que se entregue el convenio”.

Tanto ambientalistas como organizaciones sociales catalogaron el tema como “de interés público”, al tratarse de los recursos de Aguas Andinas para abastecer agua potable en el Gran Santiago.

Más aún cuando la semana pasada un alud en Cajón del Maipo generó un corte que dejó a más de dos millones de personas sin acceso al agua, paralizando por completo la ciudad.

La vocera de la Coordinadora Ciudadana ríos del Maipo, Marcela Mella, aseguró que “creemos que lo que ocurrió entre lunes y martes tanto en el Cajón del Maipo como en Santiago fue una muestra de lo que puede hacer la naturaleza, pero que da razón a los argumentos que hemos defendido durante todo este tiempo. Siempre dijimos que el agua para Santiago está en riesgo y así ocurrió. La central de Alto Maipo causaría un daño irreversible para la cuenca y para toda la Región Metropolitana”.

La dirigenta añadió que Aguas Andinas no está gestionando de forma eficiente los recursos hídricos ya que, al no poder potabilizar el agua, demostró que no realiza las inversiones necesarias para garantizar un buen servicio a sus clientes en la capital.

Con esto se sumó a las críticas que han surgido con fuerza estos días respecto de la gestión del recurso hídrico y la necesidad de generar un debate nacional que contemple con mayor seriedad la posibilidad de renacionalizar el agua.

El fallo

Según el dictamen de la corte, la Superintendencia deberá entregar información respecto de “la regulación de las obligaciones de las empresas relativas a verter y conducir agua desde y por los ductos correspondientes al Proyecto Ducto, de Aguas Andinas, y al Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo, de Gener, así como las de captar y conducir aguas en los puntos expresamente acordados, estableciendo los caudales de agua comprometidos en cada caso y la forma de medición”. También “la promesa de venta, cesión y transferencia de los derechos de agua que se indican en el convenio” y, finalmente, “la conducción y utilización, por parte de Gener, de aguas captadas, provenientes de las cuencas que indica, por medio de túneles que contempla el PHAM y su restitución, así como el pago de la contraprestación de las obligaciones asumidas por Aguas Andinas en virtud del convenio en análisis, estableciendo las fórmulas que permiten la determinación del precio a pagar en cada caso”.





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