La Corte Suprema ratificó un fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción que rechazó un recurso de protección que buscaba mantener en secreto identidad de testigos en la investigación que se realiza en contra de Emilio Berkhoff Jerez.
El fallo fue unánime. La Tercera Sala, integrada por los ministros Rubén Ballesteros, Héctor Carreño, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval y Lamberto Cisternas rechazó la acción cautelar interpuesta por el Fiscal Regional del Bio Bio, Julio Contardo, en contra de la decisión de la jueza de Garantía de Cañete May-Ling Wong que el 5 de marzo pasado ordenó revelar la identidad de 14 testigos mantenidos bajo reserva.
La sentencia asegura que el recurso de protección no es la vía adecuada para impugnar las decisiones de los Juzgados de Garantía, asegurando que dicha pretensión resulta inadmisible ya que por regla general el recurso de protección no puede entenderse como un medio de impugnación de resoluciones judiciales.
“Al haberse adoptado el acto recurrido en el contexto de un proceso judicial, se trata de una cuestión ya está sometida a la jurisdicción y, por lo tanto, bajo el imperio y regulación del derecho”, dice el fallo.
El documento del máximo tribunal explica que lo procedente es deducir en su contra los remedios procesales que sean conducentes, y no que se utilice esta acción como un recurso de revisión de lo obrado, pues ello implicaría reconocer en esta acción constitucional, una vía de impugnación supletoria a las establecidas por el derecho procedimental.
“En estas condiciones la acción constitucional intentada no puede prosperar y debe ser desestimada, sin perjuicio de otros derechos que puedan asistir a los interesados, como quedó antes sentado”, agrega el documento.
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