Después de cinco años de haberse presentado, el proyecto de Ley de Libre Competencia que sanciona penalmente la colusión fue aprobado este miércoles en forma unánime en la Cámara Alta.
El senador de Renovación Nacional, Alberto Espina, quien encabezó la iniciativa, destacó que el proyecto establece la obligación a las empresas para que aquellas operaciones de concentración que involucren una determinada cantidad de recursos se sometan al conocimiento de la Fiscalía Nacional Económica. Además el parlamentario explicó las penas que arriesgarían quienes cometan estos delitos.
“La colusión cuya descripción se hace minuciosamente dentro de este proyecto en donde se sanciona las conductas que constituyen colusión y pasan a ser una infracción penal, establece penas de cárcel para delitos de colusión que van desde los 3 años y un día a 10 años de presidio, sin posibilidad que después el juez se pueda bajar de ese mínimo”, advirtió el legislador.
Además, la normativa establece una multa que puede llegar a 47 millones de dólares, puede representar hasta el 30 por ciento de las ventas de una empresa cuyos productos fueron objeto de colusión o puede ser hasta el doble de los beneficios que hayan obtenido.
Por su parte, el senador independiente, Pedro Araya, valoró que el proyecto establezca la indemnización a todas las personas que sean afectadas por la colusión.
“Los consumidores afectados podrán recurrir al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia quien determinará su monto, fundado en los hechos establecidos en la sentencia que sirva de antecedente a la demanda. De esta manera, a través de un procedimiento rápido y sumario, las personas en forma individual y colectiva podrán demandar la indemnización de perjuicios que hayan sufrido. Además se refuerzan las atribuciones de la Fiscalía Nacional Económica, por ejemplo se aumentan las sanciones a quienes con el fin de dificultar el ejercicio de la Fiscalía oculten información o proporcionen información falsa”.
El abogado de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios, Mario Bravo, dijo que esto representa un avance respecto de lo que pueden realizar los integrantes del Tribunal de la Libre Competencia porque ahora se establece la dedicación exclusiva de los ministros a estos casos. Sin embargo, advirtió que “mientras se refuerza la independencia del Tribunal, al mismo tiempo el proyecto le quita la facultad de conocer sobre las fusiones”.
Al respecto explicó que “se trasladó la consulta sobre fusiones y concentraciones desde el tribunal hacia la Fiscalía Nacional Económica, lo que privaría a las asociaciones gremiales y a las personas interesadas de denunciar y participar en estos procesos”.
El abogado señaló que este proyecto reconoce el interés de la comunidad para que se sancionen los casos de colusión que se han conocido de las farmacias, pollos y papeles.
Además llamó a las autoridades del sector económico a que ejerzan con mayor fuerza sus facultades y a estar más atentos a estas conductas porque en Chile el nivel de concentración es muy grande y hay mucho que hacer todavía.
Hernán Calderón, presidente de Conadecus, valoró el proyecto como una rectificación al error cometido por las autoridades en 2003 cuando se eliminó la colusión como delito. Al respecto dijo que es un avance para acabar con los delitos de cuello y corbata que terminan siempre en la impunidad”
Sin embargo, mostró su preocupación frente al proyecto que presentó el gobierno que busca modificar la actuación del Tribunal de Libre Competencia y establece que el único que puede solicitar la pena de cárcel para un imputado por el delito de colusión es la Fiscalía Nacional Económica.
La iniciativa pasará ahora a cumplir su tercer trámite a la Cámara de Diputados, donde los parlamentarios deberán pronunciarse respecto de si aceptan o no los cambios que introdujo el Senado a la iniciativa.