Policía municipal y un homicidio sin culpable

El gobierno se enfrenta actualmente a la idea de contratar ex uniformados para que se encarguen de la seguridad ciudadana, esto portando armas de fuego. Si bien el alcalde de Cerro Navia, el principal impulsor de esta idea actualmente, defiende la medida, en la práctica existen casos que cuestionan la prolijidad y los peligros de esta guardia privada.

El gobierno se enfrenta actualmente a la idea de contratar ex uniformados para que se encarguen de la seguridad ciudadana, esto portando armas de fuego. Si bien el alcalde de Cerro Navia, el principal impulsor de esta idea actualmente, defiende la medida, en la práctica existen casos que cuestionan la prolijidad y los peligros de esta guardia privada.

En materia de vigilancia policial, hay municipios que creen que la solución a los delitos que afectan cotidianamente a los vecinos es buscar personal particular -no necesariamente especializado- para que hagan cumplir la ley, como es el caso de Cerro Navia.

Para esto último es necesario tener un arma fuego. Conseguir esto en Chile, de manera legal, es un tema fuertemente normado y restrictivo. Principalmente está permitido para colección, deporte o caza, pero no para portarlo al transitar por las calles, mientras que los requisitos de inscripción incluyen el no tener ninguna condena por crimen o simple delito.

Sin embargo el caminar libremente con una pistola ocurre en algunos casos, para suerte del municipio de Cerro Navia.  En abril de este año la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) informó que en nuestro país son trece los civiles autorizados para portar armas de fuego, esto por motivos de extrema seguridad, por lo mismo sus identidades son secretas. Pero hay otros casos y que son más abundantes, se trata de los ex uniformados beneficiados por el Decreto Ley 3.356.

El DL 3.356 establece que los generales, almirantes y suboficiales mayores retirados de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, tienen derecho a portar un arma de fuego con el fin de utilizarlo para defensa personal. Por esto mismo el individuo de nuestra historia pertenecía a una de las tres planas mayores del Ejército.

Esta normativa tiene su origen en 1980, plena dictadura, y tuvo una actualización en 1989 que no hace referencia al tema en cuestión. Hasta el día de hoy no se ha discutido ninguna modificación al respecto, por lo tanto el beneficio para ex uniformados sigue vigente tal como en los tiempos en que Augusto Pinochet dirigía el país a la fuerza.

Tal como para el ciudadano común hay situaciones en las que el beneficiado por el DL 3.356 puede perder su derecho, esto es ante una condena por simple delito o también si lo estipula un juez en el marco de la Ley de Violencia Intrafamiliar. Pero no existe impedimento para que un ex uniformado compre más de un arma, por lo mismo, para el anteriormente mencionado personaje que perdió su revolver, la solución tan sólo fue ir a una tienda establecida y comprar uno nuevo.

Pese a esto la normativa ha entrado en la polémica por estos días, por lo que no es difícil especular con que se convierta en una discusión entre los representantes políticos.

Las policías municipales

En algunas comunas del país ya es costumbre ver equipos de seguridad municipal, como el caso de Providencia, donde la armadura de los funcionarios pareciera emular a la SWAT estadounidense, pero en procedimientos de mucha menor envergadura que estos últimos, como la persecución de vendedores ambulantes.

Pero la polémica en este ámbito se la llevó Cerro Navia, donde desde este mes de junio comenzó el funcionamiento de su “policía municipal”. El conflicto se ha dado por el uso de armas de fuego de parte de quienes integran el equipo de vigilancia, con tal de enfrentar los problemas de robos y narcotráfico que ocurren en la zona.

Ante esto el ministro del Interior, Andrés Chadwick, fue enfático en que tan sólo Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones son los organismos policiales de nuestro país con facultad de utilizar pistolas, señalando que “si los municipios establecen funcionarios para establecer guardias municipales que colaboren a la acción de la policía muy bienvenido, pero si quieren reemplazar la acción de la policía eso no corresponde, eso es ilegal, es inconstitucional”.

Por su parte el alcalde de Cerro Navia, Mauro Tamayo, defiende el modelo basándose en que lo ampara un “antiguo” decreto ley y en parte está en lo cierto. La entidad edilicia capta ex uniformados que estén habilitados para portar armas y si bien se cumple con lo que dispone el DL 3.356, la DGMN ha sido tajante en que no corresponde lo que practica el municipio.

“La Ley de Armas y Explosivos, señala también que la facultad de portar armas para defensa personal de los miembros de las Fuerzas Armadas y de las Policías, en ningún caso los autoriza para hacer uso de las armas autorizadas para fines de “seguridad y protección”, lo cual es propio de la actividad de los vigilantes privados, actividad para la cual no se encuentran autorizados”, señalaron a través de su página web.

Por lo mismo no se ve mucha alternativa para el municipio por lo que tendrán que modificar su política de seguridad y los ex uniformados buscar otro trabajo.

¿Es buena idea? Un muerto olvidado en el debate

Juan Carlos Pavez tenía buenas intenciones. Era padre de dos hijas y tenía una novia de la cual se preocupaba. Ella era cajera en el supermercado Romanini de la avenida Vicuña Mackenna de Melipilla y Juan Carlos, tal como en otros días de julio de 2013, en pleno invierno, llegó hasta la tienda a eso de las 20 horas o un poco más tarde, con tal de buscar a la mujer que quería.

El día de su muerte fue una mezcla de mala suerte e irresponsabilidad. El 30 de julio de ese año, a las 20:10, un grupo de cinco personas ingresó al mismo local comercial e intimidando al personal y clientela presentes con supuestas armas de fuego anunciaron: “¡esto es un asalto, todos al suelo!”.

Mientras Juan Carlos Pavez se acercaba al supermercado, al interior de este uno de los asaltantes apuntaba a la cabeza del dueño del establecimiento, Pedro Goic Romanini, mientras el resto sustraía el dinero de las cajas. Fue en medio de eso que una de las alarmas del local se activó. Los ladrones, pensando que era el sonido de Carabineros, no esperaron más para correr hacia el automóvil en el que habían llegado. Mientras ellos escapaban Juan Carlos Pavez apuraba el paso para ingresar al recinto. Cuando el reloj marcaba las 20:15 una bala en el pecho le provocó la muerte.

Contrario a lo que varios podrían pensar, el disparo no provino de los asaltantes hoy condenados por el robo. Cuando estos huyeron fue Pedro Goic Romanini, el dueño, quien salió despavorido tras los ladrones y percutó entre cinco y seis disparos. Los hechos muestran que la responsabilidad sería de Goic Romanini, pero según los tribunales no es posible conocer al culpable.

El dueño del supermercado es uno de los beneficiados por el DL 3.356 al ser oficial en retiro del Ejército. Según el criterio de Tamayo, el hombre que disparó la noche en que murió Pavez, quien nada tenía que ver con el robo, es un hombre apto para darle seguridad a la población.

Uno de los cuestionamientos a la policía municipal es sobre la preparación de las personas que trabajarán en el municipio. Si bien pueden existir casos de ex carabineros cumpliendo estas funciones, estos no están sujetos actualmente a los protocolos de dicha institución. Por otro lado, un ex oficial de la Armada o el Ejército, como Goic Romanini, recibió instrucción para emplear armas en combate, no así para la seguridad ciudadana.

Este caso ocurrido en Melipilla es un argumento en contra de la idea que se aplica en Cerro Navia, por ejemplo, según declararon testigos en el juicio, el dueño del supermercado “disparaba como un loco y la mano se le movía”, esto, según aseguró el Ministerio Público, se debe a que el calibre del arma provoca un retroceso al ejecutarla con una sola mano.

Para empeorar las cosas, en esta situación en particular ni siquiera hubo una condena, puesto que el tribunal consideró que no se acreditaba que la bala que dio muerte a Juan Carlos Pavez perteneciera al arma de Goic Romanini, pese a que su pistola era una Glock 9 mm y sus balas eran de punta doblada, misma munición que impactó a la víctima.

Durante las diligencias se determinó que la bala en cuestión no podía ser periciada puesto que está diseñada para deformarse en forma de roseta al momento de alcanzar su destino, sin embargo no se perició la pistola de Goic Romanini. Respecto de las armas de los asaltantes, en ningún momento se incautó alguna de estas, aunque ellos declararon que lo que portaban aquel día era un revolver y una calibre 22, las que según los testigos nunca fueron disparadas y además son de distinta munición a la que dio muerte a Pavez.





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