Sindicato de trabajadores de Walmart entregó carta a Presidente Boric solicitando mejores condiciones laborales

Dirigentes destacaron la necesidad de modificar el marco regulatorio que califica las enfermedades profesionales. Por lo que pidieron un proyecto de ley en el que sea un ente externo el encargado de evaluar el origen de las afecciones.

Dirigentes destacaron la necesidad de modificar el marco regulatorio que califica las enfermedades profesionales. Por lo que pidieron un proyecto de ley en el que sea un ente externo el encargado de evaluar el origen de las afecciones.

Hasta el Palacio de La Moneda concurrieron dirigentes del Sindicato Inter empresa Líder de los trabajadores del Holding Walmart Chile (SIL) para dejar una carta al Presidente de la República Gabriel Boric, solicitando su ayuda para mejorar las condiciones laborales “de quienes hacemos uso del sistema de seguridad social, administrado por las mutuales”.

En la misiva, representantes de la agrupación sociopolítica que cuenta con más de 10 mil trabajadores afiliados en el país, señalaron que “desde hace mucho tiempo hemos venido manifestando nuestro interés en buscar mejoras y modificaciones a las materias que tienen que ver con la calificación de enfermedades profesionales y accidentes laborales”.

“Para nosotros es importante que se conozca nuestra disconformidad en cuanto a la calificación de enfermedad profesional que establece la normativa actual, pues de manera injusta y arbitraria todos los casos terminan siendo apelables y revisados por la SUSESO (Superintendencia de Seguridad Social), y en su mayoría el trabajador queda expuesto a la indefensión y ausencia de cobertura”, expresaron.

En esa línea, detallaron que “la gran mayoría de los trabajadores del retail y del comercio presentan serias dolencias derivadas de patologías músculo-esqueléticas, riesgos psicosociales y estrés laboral, todos son temas que hemos levantado antes y que la aplicación de su calificación pasa, lamentablemente, por protocolos discrecionales que aplican las propias mutuales”.

Así, ejemplificaron que en el caso de enfermedad “deben aplicar una serie de herramientas como estudio de puesto de trabajo, exámenes médicos o revisión de historia ocupacional, entre otras, para determinar si se cumple lo establecido por la Ley 16.744 del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, que exige que la enfermedad tenga una relación directa con el trabajo, cuestión que burocratiza el derecho al acceso oportuno para tratar las dolencias”.

Desde esa perspectiva, mencionaron que “la actividad de control, fiscalización y sanción de la Superintendencia de Seguridad Social se ve limitada por el propio marco normativo, con una definición de enfermedad profesional que se constituye en una verdadera barrera de entrada a los beneficios del sistema, un régimen donde la prueba de la naturaleza de la afección es de cargo del trabajador, pues la ley exige que se pruebe la evidencia de una relación causa-efecto directa, sobre todo en las enfermedades de tipo ocupacional”.

Asimismo, apuntaron que “en relación a la capacitación sobre enfermedades profesionales, existe una diferencia importante entre la cantidad de trabajadores informados acerca de los riesgos existentes en su trabajo y los que reciben la información de cómo prevenirlos. Las mujeres son menos informadas y/o capacitadas con respecto a este derecho básico y obligatorio en todas las empresas, independiente del número de trabajadores que posean. En efecto, aproximadamente la mitad de ellas no recibe esta medida de prevención de los riesgos”.

Por lo mismo, con el objeto de mejorar el marco regulatorio, exigieron “democratizar la definición del concepto de enfermedad profesional, contenida en el artículo 7°, de la ley 16.744. El artículo 7° establece que ‘es enfermedad profesional la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona’, esta condición de ‘directa’ somete a los trabajadores a la necesidad de tener que probar la relación”.

“Requerimos precisar quién y cómo se deben calificar las enfermedades, proponemos que no sea carga del afiliado “acreditar” la enfermedad profesional, sino que debe ser un derecho solicitar su declaración, recayendo en el respectivo organismo administrador la carga de probar que no es profesional, lo que deberá hacer por resolución fundada”, plantearon.

Además, propusieron la separación de funciones, puesto que a su juicio “las necesidades o reclamos que hay respecto de la conjunción de las funciones de calificación y realización de las prestaciones médicas por parte de una misma entidad, no da garantías a todos los actores de tener una calificación técnica e independiente que se base en parámetros justos y ponderados, ya que la misma entidad debe investigar, realizar la prestación médica y el pago de los respectivos subsidios”.

Es por ello que desde la organización solicitaron un proyecto de ley “que

apunte a que un ente técnico externo califique el origen de una enfermedad laboral, quitando esa función a las mutuales, la idea es separar los parámetros de evaluación de la misma entidad que presta la atención médica y genera los pagos de subsidio respectivo”.





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