El Tribunal Constitucional, órgano estatal autónomo que revisa que las leyes que aprueba el Congreso se ajusten a los principios de la Constitución Política, escuchó los alegatos de la UDI, representada por el abogado Germán Concha, y del Gobierno, por el abogado Manuel Núñez, que acusan que el proyecto de ley sobre televisión digital terrestre tiene artículos que son inconstitucionales.
La UDI y el Gobierno comparten la necesidad de reducir la definición de pluralismo, porque consideran que esta significa una intromisión en la línea editorial de los canales, pues sólo al Estado se le puede imponer una definición que incluya “diversidad social, cultural, étnica, política, religiosa, de género, de orientación sexual e identidad de género”. También se oponen a obligar a los canales a transmitir campañas de utilidad pública, porque el proyecto sería impreciso al definir cuánto tiempo dedicar a tales efectos (sólo dice “5 semanas de campaña”). El tercer punto en común entre la UDI y el Gobierno es impugnar la obligación de que Televisión Nacional de Chile tenga una segunda concesión, para así transportar señales de concesionarios que no tengan medios para transmisión propia.
Aquí, sin embargo, varía el argumento. La UDI dice que esta segunda concesión debe anularse totalmente del proyecto porque es económicamente discriminatoria para los demás canales. El Gobierno, en cambio, dice, en voz del abogado Manuel Núñez, que estas “segundas” señales regionales de TVN deben mantenerse, pero sólo para concesionarios locales y no para programas de TVN.
“No es una objeción respecto de la segundas concesiones en general, sino en la medida que la segunda concesión respecto de una misma área de servicio permite la trasmisión de señales regionales de Televisión Nacional. No hay una objeción cuando esa segunda concesión es para medios pequeños que no cuentan con infraestructura propia”, apuntó Núñez.
Mientras en lo central la UDI y el Gobierno comparten el interés de impugnar los tres temas mencionados, el partido de los gremialistas alega además que debería retirarse un cuarto artículo, relacionado con la obligación de que las empresas de televisión por cable deban incluir en sus paquetes de oferta a lo menos a 4 canales locales o regionales. El proyecto hizo esta propuesta para reducir el centralismo, pero la UDI, a través del abogado Germán Concha, aduce que esto afecta la libertad económica, y que bastaría con que el Estado dispusiera de subsidios o fondos concursables.
“El “must carry” es una obligación de llevar, de ahí el nombre. Consiste en obligar a la televisión por cable y a la televisión satelital, es decirle mire, dentro de su oferta, va a tener necesariamente que poner cuatro señales locales, porque se quiere fomentar algunos productores de contenidos que no tienen fondos suficientes para generar el canal que emita, pero hay otras vías: Desde generar subsidios, hasta copiar instrumentos como los que se han hecho en el sistema eléctrico y generar un gran trasmisor, una especie de transelec de los contenidos, no es necesario cargar con esta obligación a los operadores de satélite y de cable”, adujo el representante gremialista.
Los integrantes del Tribunal Constitucional deben votar artículo por artículo si es que estos temas se ajustan o no a la Constitución Política de 1980. La fecha de tope para eso es el 18 de noviembre.
Importa repasar que la primera jornada de audiencia estuvo dedicada a los alegatos de 17 instituciones y organizaciones, tales como: Instituto Libertad y Desarrollo; Fundación Jaime Guzmán; Observatorio de Medios FUCATEL; Asociación Nacional de Televisión de Chile A.G. (ANATEL); la Agrupación Audiovisualista Señal 3 La Victoria; y la Asociación Nacional de Radiodifusores de Chile (ARCHI).