Luego de la aprobación en el Senado de la Ley Corta de Isapres, 17 senadores de centro izquierda presentaron un requerimiento en el Tribunal Constitucional en contra del criterio de mutualización impulsado -a través de una indicación- por legisladores de Chile Vamos y Demócratas.
De acuerdo a los parlamentarios, el mecanismo que disminuye el monto de la deuda distribuyéndola entre todos los afiliados es inconstitucional, ya que es una materia de seguridad social -Por lo tanto, solo el poder Ejecutivo puede presentar un proyecto en ese sentido-, además de que va en contra del fallo de la Corte Suprema sobre la tabla única de factores.
En conversación con Radio y Diario Universidad de Chile, el abogado constitucionalista y académico de la Universidad Alberto Hurtado (UAH), Tomás Jordán, afirmó que coincide con los argumentos de los senadores de centro izquierda, especialmente con el que apunta a que la mutualización corresponde a una materia de seguridad social.
De acuerdo al experto, “si uno sigue el derrotero de lo que ha pasado con el derecho a la salud los últimos 13, 12 años, el derecho a la salud, junto con la seguridad social, forman parte de lo que se llama un sistema de seguridad social. Ya no están separadas, ya no operan como derechos separados, porque tienen principios que son comunes, como la universalidad, la solidaridad o que las prestaciones sean uniformes”.
“Por tanto, al formar un conjunto, lo cual ha sido reconocido incluso por el sistema de isapres, serían normas de seguridad social y al ser normas de seguridad social, la norma presentada sería inconstitucional. En eso estoy de acuerdo y me parece que es un requerimiento que tiene luces para ser acogido en el Tribunal”, estimó.
El abogado y académico además respaldó la tesis de que la mutualización va en contra del fallo de la Corte Suprema y señaló que mutualizar una deuda “es muy complejo”.
“Tú puedes mutualizar las cotizaciones hacia futuro, porque las cotizaciones de cada uno, que pagamos, eventualmente pueden entrar en una lógica de solidaridad. Sin embargo, acá hay una cuestión muy atípica, que está impugnando el fallo de la Corte Suprema, que es que la deuda sea la que se prorratee entre los afiliados y no la pague la isapres, sino los afiliados”, dijo.
“Esto atentaría contra la certeza jurídica, la certeza de la cosa juzgada de la sentencia e incluso la propiedad de los afiliados sobre ese monto que se tiene que devolver. Por lo tanto, ahí hay una pugna de fondo que seguramente se va a dar por la fórmula que se está ocupando”, planteó.
En esa misma línea, Jordán pronosticó que la eventual aplicación de la mutualización, podría motivar a los usuarios de isapres a volver a recurrir a la justicia.
“Esto va a llevar, eventualmente, a una disconformidad de los afiliados a quienes van a tener que pagar la deuda y eso, posiblemente, a una nueva judicialización. Esto es una mutualización sobre lo que pasó, sobre una deuda que ya existe, no es una mutualización o solidaridad sobre las cotizaciones futuras, entonces, eso podría llevar a que los afiliados sientan vulnerados en sus derechos”, opinó.