En conversación con Radio y Diario Universidad de Chile, el académico de la Facultad de Derecho y coordinador de la Cátedra de Derechos Humanos de la Casa de Bello, Claudio Nash, cuestionó el desempeño del Relator para Chile de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Joel Hernández, quien señaló en entrevista con el diario El País, que la Comisión no considera que existan presos políticos del estallido social en Chile. Una declaratoria que incurre a juicio de Nash en un desconocimiento de la normativa internacional aplicable, dado que Hernández “vuelve a confundir prisión política con presos de conciencia”, aseguró.
Y es que ésta es sólo una de las categorías determinadas para establecer la existencia de prisión política, aseveró, dando cuenta de la Resolución 1900 del 3/10/2012 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa. En ella se considera además “a personas que ven coartada su libertad por actos con conexión política o incluso por delitos comunes a quienes se les persigue o violan sus derechos humanos por razones políticas”.
“En este sentido se ha pronunciado el Parlamento Europeo el año 2002, en Chile la propia Comisión de Prisión Política y Tortura el 2005, pero más cercano aún, esta es la posición que tiene la propia OEA y la ha expresado Luis Almagro, Secretario General, quien en el 2 de junio del 2021 señaló que se estaba calificando por parte de la OEA como presos políticos a un grupo de personas que estaban enlistada en un informe de la ONG Foro Penal y esas personas que estaban privadas de libertad, en el caso de Venezuela, precisamente lo estaban porque representaban una amenaza política para el régimen y cuando esta prisión política también tenía una finalidad de intimidación de la población opositora o cuando era utilizada por el Gobierno para sustentar una campaña o una determinada narrativa del poder respecto a determinadas situaciones de interés político para el régimen”.
En ese sentido, “la propia OEA ha reconocido un concepto más amplio y más complejo de prisión política que es precisamente lo que ocurre en Chile, es decir, personas que encuentran coartada su libertad producto de una persecusión política que ha implicado graves violaciones al derecho a la libertad e integridad personal, al debido proceso, a la protección judicial y a la no discriminación por razones políticas”, precisó.
Por este motivo, la afirmación de Hernández reviste información errada y errores conceptuales que para un comisionado de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos es inaceptable, señaló Nash. Adicionalmente, la autoridad comete errores en cuanto a la magnitud de las violaciones de derechos humanos y concretamente sobre la cifra de víctimas del estallido social, afirmó.
“Hernández habla de cerca de 400 personas que fueron afectadas en el estallido social, la mayoría con lesiones oculares que están en proceso de recuperación y eso es un profundo error. Las denuncias ante el Ministerio Público son 10 mil 796, de éstas, cerca de 500 denuncias solo corresponden a lesiones oculares, pero también existen denuncias vinculadas con tortura, con vejámenes sexuales, con detenciones ilegales y arbitrarias incluso situaciones que afectaron a niños, niñas y adolescentes por lo tanto, la magnitud, el contexto de las violaciones es más grave”, señaló.
También señaló equivocada la lectura del Relator sobre el actuar de Carabineros, al afirmar que las violaciones de derechos humanos se dieron producto de que los efectivos se habrían visto superados por los hechos. Declaración que no se corresponde, afirmó, en la medida que “las denuncias de graves violaciones de derechos humanos incluyendo mutilaciones oculares, se vienen presentando en Chile desde el conflicto en Aysén en el 2012”.
“Durante el estallido social esto adquiere una magnitud inédita, pero después del momento más crítico incluso cuando ya había comenzado la pandemia, vuelven a registrarse hasta el día de hoy graves violaciones de derechos humanos que han afectado a personas que se han manifestado políticamente en contra de los Gobiernos de turno”.
Asimismo, descartó la efectividad de los dichos del Relator para Chile de la CIDH respecto a que el Estado de Chile se ha estado haciendo cargo sobre este escenario, relevando el catastro de Amnistía, que da cuenta de nueve condenas de la totalidad de denuncias presentadas al Ministerio Público, lo que constituye en una evidente situación de impunidad, aseveró.
Con todo estos antecedentes, la demora de más de dos años en la entrega del informe sobre la visita que realizó la CIDH en enero del 2020 al país terminó por minar la relación entre la Comisión y las organizaciones de Derechos Humanos en Chile, afirmó el académico. Dicho documento se entregó el 25 de enero del 2022, destacó, por tanto, “la Comisión esperó el término en la práctica del Gobierno de Sebastián Piñera para entregar su informe sobre la crisis de derechos humanos que la propia Comisión constató en 2020″.
“Eso es lo que ha llevado a varias organizaciones, y en lo personal, yo comparto, que la Comisión Interamericana tiene que revisar su relación con Chile y eso implica cambiar al Relator respecto de Chile ya que el Comisionado Hernández no está dando cuenta de mínimos aceptables desde el punto de vista de la legitimidad del control internacional respecto de lo que sucede en Chile”, señaló.
Caso “Primera Línea”
Abordando el caso “Primera Línea”, cuyo juicio inicia este lunes 6 de junio, el académico calificó la causa como la principal evidencia de la prisión política en Chile, considerando que los imputados surgen de detenciones masivas y que el Gobierno de Piñera los declara de inmediato como delincuentes, violando así el debido proceso.
Así todo, lo inédito del caso radica en la suspensión del juez Daniel Urrutia en el momento en que modifica la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados para que pasen a un arresto domiciliario. A partir de esto, “el pleno de la Corte de Apelaciones se autoconvoca y toma una decisión que está totalmente al margen de sus atribuciones”, señaló Nash, que es dejar sin efecto la sustitución de cautelares y establecer la sanción de Urrutia, además de su alejamiento de estas causas.
“Luego, una jueza distinta al juez Urrutia, tiempo después impone medidas muy similares a las que había dispuesto el juez Urrutia y en ese caso no hay ningún tipo de sanción, lo que da cuenta de que aquí ha habido una actuación tanto del Poder Ejecutivo como del Poder Judicial y particularmente de las Cortes de Apelaciones para usar la prisión política como una forma de castigo anticipado y eso es absolutamente contrario a estándares en materia de prisión desde una perspectiva de derechos humanos”, indicó.
Abordando la decisión del Gobierno de persistir en la querella en el caso, Nash dijo ver en el Ejecutivo “una posición bastante zigzagueante en esto“, y es que si bien ha anunciado retiros de querellas por Ley de Seguridad Interior del Estado y una política integral de reparaciones, también “ha mantenido la percepción de ciertos grupos por razones políticas y por lo tanto la prisión política en Chile se mantiene en el actual Gobierno”, reparó.
“Por otra parte no ha tomado medidas efectivas para avanzar en el esclarecimiento de las graves violaciones de derechos humanos por lo tanto, el actual Gobierno está muy al debe y además en el discurso también hay problemas porque hay contradicción entre ministros que se han pronunciado de que existe prisión política y una posición muy dura del subsecretario del Interior, Monsalve, para sostener que la prisión política en Chile no existe, en el mismo argumento que daba su predecesor Galli”, añadió.