El convencional Andrés Cruz, representante del 20° Distrito Región del BioBío, resaltó la norma que permite cambios de fondo en la justicia y en la autonomía que tendrán los magistrados para adoptar resoluciones.
En la última jornada, el pleno de la Convención Constitucional aprobó el segundo informe de la Comisión de Sistemas de Justicia y definió los lineamientos que tendrá el Ministerio Público, el Banco Central y el Tribunal Constitucional.
En conversación con RadioAnálisis, el convencional analizó los principales aspectos relacionados con el sistema de justicia y en ese sentido, destacó el avance del principio de unidad jurisdiccional y la independencia de los jueces que era una de las principales demandas de la academia y de quienes se desenvuelven en los tribunales de justicia y que quedó en el borrador de la nueva constitución que será sometido a plebiscito.
“Creo que es un tremendo avance en esta materia. Además, otro aspecto que resulta ser trascendental a mi juicio es cómo se fortaleció la independencia de los jueces” pese a las críticas de algunos sectores, indicó.
La importancia de esto radica en que “estamos en una cultura decimonónica, heredera del siglo XIX, que no había tenido grandes variaciones y habían jueces que dependían mucho de una estructura jerárquica”, explicó el convencional.
Con las normas aprobadas, “quedó asentado una diferenciación funcional superando esta visión jerárquica, lo que permite finalmente afirmar que de aprobarse la nueva Carta Fundamental vamos a ver reforzado no solamente la independencia externa de los jueces, es decir que los jueces no se vean compelidos para satisfacer las pretensiones de una autoridad de otro poder del Estado para poder asegurarse su promoción dentro de la estructura del órgano de la jurisdicción, sino también del punto de vista interno. Es decir, que las resoluciones que se adopten por parte del juez no van a estar determinadas por la influencia del superior jerárquico de quién va a depender el juez para poder ascender en su carrera” explicó el convencional.
Cruz precisó que ahora el llamado Consejo de Justicia podrá asegurar esos dos prismas que no son “privilegios para los jueces, sino que es la materialización de un derecho humano que todos tenemos de recurrir a un juez independiente y está consagrado en la en Artículo 8º de la Convención Americana de DDHH y en el Artículo 14 del Pacto de los Derechos Civiles y Políticos”
Defensoría del Pueblo
En materia de la creación de la Defensoría del Pueblo , Andrés Cruz dijo que es un “tremendo avance. Es una de las estructuras orgánicas más trascendentes que van a quedar instaladas en la nueva Carta Fundamental. Estábamos al debe en esta magistratura de la disuasión, que no es necesariamente litigante”
Explicó que el “ objetivo de la Defensoría del Pueblo es evitar la vulneración de los derechos humanos por parte de órganos del poder Estado y en particular, no solo los órganos públicos, sino también de todas aquellas instituciones de carácter privado que se hacen cargo de los derechos fundamentales, en un país que está construido sobre la base de concesiones”
Sobre lo que podría pasar con el actual Instituto Nacional de Derecho Humanos, a su juicio, en la comisión de indicaciones transitorias debe ir una norma de que permita absorber el INDH “de manera tal que tengamos una nueva estructura mucho más poderosa y autónoma desde el punto de vista constitucional que se haga cargo de una materia tan trascendental como la que se refiere”
Consultado sobre si la Defensoría del Pueblo estaría centrada al tema de los derechos humanos y no al ámbito de otras vulneraciones como los derechos económicos, el convención explicó que hay una diferenciación que se hace en doctrina y que puede repercutir entre derechos humanos y derechos fundamentales.
“Cuando hablamos de derechos sociales de nueva generación, eso sigue siendo derecho humano lo qué pasa es que algunos tienden a restringir a los derechos de primera generación que es un error. Tal vez la expresión más adecuada que debimos haber utilizado de la tipificación de esta orgánica es la de derechos fundamentales que son aquellos reconocidos por la Constitución. Pero un sector de la comisión que prefirió derechos humanos porque hay una categoría de lenguaje pudiera ser más comprensible para la ciudadanía al momento de reclamar su derecho en esta institucionalidad”.
Ministerio Público
En relación al Ministerio Público, la convención envió al borrador los temas relativos a la organización y atribuciones que tendrá este órgano, que deberán ser determinadas por ley, las que tendrá que indicar calidad y requisitos que deberán cumplir los fiscales para su nombramiento y las causales de remoción.
Sobre este punto, el convencional Cruz afirmó que frente a la concentración de poder que tiene el Fiscal Nacional y su forma de nombramiento, lo mejor era establecer un Consejo Superior del Ministerio Público para que si hiciera cargo de las funciones administrativas y los nombramientos, además de las calificaciones y dejar las políticas de la persecución penal al fiscal junto con un comité.
“Se rechazó el Consejo Superior, también las propuestas de las funciones que le correspondía al Fiscal Nacional, que presidía el consejo superior. Sin embargo, se aprobó el comité que está conformado por los fiscales regionales y nacional que va a tener que elaborar la política de persecución penal y los criterios de actuación de los fiscales adjuntos”. De tal manera, dijo el convencional, “vamos tener que acordar una dinámica que nos permita establecer este equilibrio necesario para evitar que el Fiscal Nacional concentre tanto poder con este consejo para supervigilar la labor del Fiscal”
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