La indicación sustitutiva al proyecto de ley que regula el MultiRUT establece que las obligaciones de los derechos relacionados al trabajo recaen sobre la figura del empleador y las empresas en que haya más de uno serán responsables “solidariamente” del cumplimiento de las obligaciones laborales.
Además, los trabajadores de varias empresas que cuentan como un solo empleador podrán formar uno o más sindicatos, se amplían los derechos para negociar y además se establece a los Tribunales de Justicia como entidades que resolverán controversias sobre la identidad del empleador real.
La Presidenta subrayó los problemas que esta práctica constituía para los derechos de los trabajadores y dijo que ésta “debilita el poder de negociar de los trabajadores, que no transparenta al empleador e impide el despliegue de los sindicatos, pero lo que es peor es que se trata de una práctica que viven a diario miles de trabajadores especialmente de casas comerciales y supermercados, quienes además pierden legítimos pagos de gratificaciones, obtención de feriados o derechos de sala cuna”, dijo.
Por su parte, el presidente de la Asociación de Exportadores de Manufacturas (Asexma), Roberto Fantuzzi, valoró la indicación y lo que significa para la organización sindical y el desarrollo: “Creo que en este caso particular los trabajadores tiene la razón, porque el hecho de atomizar la actividad en una empresa con el objetivo de estos dos factores, que no se constituya el sindicato y tener mano de obra más barata no es el camino adecuado. Eso no aumenta los niveles de competitividad del país, se aumenta a través de tener buenos trabajadores que sean competitivos y que trabajen varios niveles de conocimiento de carácter humano”, señaló.
Por su parte la presidenta de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Bárbara Figueroa, señaló que espera que la indicación “no vaya detrás de lo que lo que ya han logrado los tribunales, que en gran parte de los juicios han sido favorables a las pretensiones de los sindicatos”, considerando los últimos casos de judicialización de conflictos.