Corte de Antofagasta remite caso Democracia Viva a Juzgado de Santiago

El tribunal de alzada determinó la incompetencia territorial del Juzgado de Garantía de la misma ciudad. Esto porque los delitos de fraude al fisco y lavado de activos habrían ocurrido en la capital.

El tribunal de alzada determinó la incompetencia territorial del Juzgado de Garantía de la misma ciudad. Esto porque los delitos de fraude al fisco y lavado de activos habrían ocurrido en la capital.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta ordenó remitir los antecedentes de la causa sobre la Fundación Democracia Viva al Octavo Juzgado de Garantía de Santiago.

En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada revocó la resolución del Juzgado de Garantía de Antofagasta, estimando que el tribunal competente para la causa es en Santiago, donde habrían ocurrido los delitos de fraude al fisco y lavado de activos que se indagan en este caso.

“Guardan razón las alegaciones de las defensas, cuando reclaman que el principio de ejecución de los hechos atribuidos a sus representados, tuvieron comienzo de ejecución con fecha 26 de julio de 2022 en la ciudad de Santiago”, se indica.

La resolución menciona que desde esa fecha “tuvo lugar la suscripción de un contrato de arrendamiento ideológicamente falso, para simular que la Fundación Democracia Viva tenía domicilio legal en la comuna de Ñuñoa, domicilio que por cierto fue utilizado para tramitar el inicio de actividades de dicha fundación ante el SII, trámite realizado en la Región Metropolitana con fecha 31 de julio de 2022″.

Esto les “permitió comparecer ante la Seremi de Antofagasta como entidad legalmente apta para recibir fondos fiscales, actos ejecutivos que integran o configuran según el contenido de las acusaciones los hechos que se atribuyen en este capítulo a los acusados de dicha arista y que corresponde temporalmente al primero verificado en los antecedentes”.

De esta forma, la Corte revocó la resolución y declaró “la incompetencia territorial del Juzgado de Garantía de Antofagasta, ordenándose, según se dirá la remisión íntegra de los antecedentes al Octavo Juzgado de Garantía de Santiago para su conocimiento”.





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