Senado vota proyecto de "Escuelas Protegidas": incluye revisión de mochilas

También la revisión de bolsillos si hay indicios de ataques, y prohibición de postular a la gratuidad para los condenados por delitos que atenten contra la vida o la integridad física de las personas o contra la propiedad escolar.

También la revisión de bolsillos si hay indicios de ataques, y prohibición de postular a la gratuidad para los condenados por delitos que atenten contra la vida o la integridad física de las personas o contra la propiedad escolar.

La sala del Senado votará hoy en general y en particular el proyecto que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, más conocido como “Escuelas Protegidas”. El texto llega con informe positivo de la Comisión de Educación.

El jueves pasado, la comisión revisó las 82 indicaciones presentadas por el Ejecutivo y los integrantes de la instancia. La mayoría fue aprobada, mientras que otras fueron rechazadas por mayoría, y unas cuantas se declararon inadmisibles.

Entre los puntos que generaron mayor debate en la comisión estuvo el procedimiento de revisión de mochilas. Así, se acordó que dos integrantes de la comunidad educativa -al menos uno de Convivencia Escolar– soliciten a los estudiantes vaciar sus mochilas.

Los establecimientos educacionales que así lo requieran realizarán el procedimiento cuando haya indicios de la presencia de armas o elementos que puedan generar un ataque o un delito derechamente.

Al respecto, se aprobó que se incluya la revisión de bolsillos con los mismos fines. Se respaldó que sean los propios estudiantes quienes expongan los elementos que contienen, evitando la intervención de terceros.

Gran parte del debate también se centró en las diferencias que existirán entre las revisiones masivas y las revisiones particulares.

Las primeras aplicarán en una sala o en el hall del establecimiento, invitándose a los alumnos a vaciar sus mochilas. Si hay indicios de un potencial ataque y habiéndose manifestado resistencia por parte de un estudiante, se generará la revisión particular.

Ésta será realizada en una sala aparte y, en el caso de que el joven se niegue a la revisión, se llamará a su apoderado y, si éste no asiste, se recurrirá a Carabineros o la PDI. Al respecto, se revisaron hipótesis relacionadas con las razones por las cuales un apoderado no podría hacerse presente.

En cuanto a la prohibición del uso de ropa, gorros y capuchas, se respaldó una serie de condiciones que deberán considerarse cuando un alumno use dichos atuendos, como niños TEA, neurodivergentes, con cáncer, con credos religiosos o en virtud de su identidad de género, entre otras.

A su vez, las y los senadores analizaron el caso de movilizaciones pacíficas y los actos de violencia que sanciona esta ley, tales como aquellos que llevan a la interrupción de clases y, en consecuencia, a la expulsión.

Se hizo presente que este aspecto no responde a este proyecto, puesto que la norma nace tras el asesinato de una inspectora por parte de un alumno en una escuela de Calama, y no a los casos de violencia en liceos emblemáticos.

De igual modo, se aprobó excluir situaciones derivadas de crisis, desregulación emocional o condiciones de salud, discapacidad o neurodesarrollo de las sanciones por interrupción de clases.

En relación con la prohibición temporal de postular a la gratuidad en la educación superior, se logró precisar que se aplique a estudiantes que hayan sido condenados por sentencia firme y ejecutoriada por delitos que atenten contra la vida o la integridad física de las personas o contra la propiedad escolar.

También se acordó excluir a quienes cometieron el hecho siendo menores de edad y acotar a cinco años la prohibición para los mayores. El debate se centró en el derecho a la educación y a la doble condena (penal y social).





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